Letra pequeña de los seguros

celvira
#1 por celvira el 03/04/2021
Os resumo el video por si no podéis o queréis verlo: Le han entrado en el estudio y no se han llevado nada pero la puerta no se la reparan y le echan de la aseguradora Helvetia:



Viendo el video me surgen las dudas de en qué se puede amparar una aseguradora para no hacer frente a un robo de instrumentos. Contraté un seguro de hogar que el contenido incluyendo instrumentos musicales. Facilité un pdf con los modelos, números de serie y valor de mercado de segunda mano y pasado el año volví a facilitar el pdf actualizado. Me dijeron que daba igual, que si el valor asegurado del contenido es 20000 €, eso incluye todo (muebles, instrumentos, parquet, rodapiés, etc) y no hacía falta el pdf. Eso ya de inicio me extraña, porque no es lo mismo decir lo que tienes, que andar justificando lo que has tenido.

Mi miedo viene en que la aseguradora se lave las manos llegado el momento:
- Que me pida facturas que no tengo. En Madrid Musical (ahora Malaga8) me llegaron a dar un ticket de caja como el del Mercadona y cuando dije que no valía si me robaban la guitarra, me escribieron el número de serie con un boli Bic. Eso para una Les Paul que me costó 425.000 pts, y seguro que llegado el caso no lo aceptan.
- Que la aseguradora pida prueba de que esas guitarras eran mías (me decían que con foto valía).
- Que el valor que he puesto de segunda mano (por ejemplo una R9 por 3300 es un valor de mercado normal) digan que no, que son 2000 €.

¿Tenéis alguna experiencia en este sentido?
Me veo buscando fisuras y es como entrar a una partida de póker donde todos conocen el juego menos tú.
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billstratomaxter
#2 por billstratomaxter el 03/04/2021
Interesante cuestión. 🤔
En mi seguro del hogar me pasa lo mismo, no mostraron el más mínimo interés por las guitarras que quería asegurar. Bien es cierto que soy culo inquieto y suelo cambiar cada cierto tiempo, pero el valor de segunda mano se mantiene invariable. La respuesta del seguro idéntica a la que te dieron a tí. Así que por si vienen mal dadas, tengo reportaje fotográfico de todas y cada una de ellas (también usándolas) para cubrirme las espaldas, pero con la mosca detrás de la oreja 🤷
A ver cómo sigue el hilo 😅
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Sietesiete
#3 por Sietesiete el 03/04/2021
A este mozo le pasa de todo.
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Art Vandelay
#4 por Art Vandelay el 03/04/2021
En Mapfre me dijeron lo mismo, hasta 3.000 euros por guitarra.

celvira escribió:
Que me pida facturas que no tengo. En Madrid Musical (ahora Malaga8) me llegaron a dar un ticket de caja como el del Mercadona y cuando dije que no valía si me robaban la guitarra, me escribieron el número de serie con un boli Bic.


A mí en Málaga8 me dieron factura tras pedirlo. Es obligatorio proporcionarla si el cliente lo solicita.

Por si acaso tengo todas las facturas, especificaciones y fotografías en un correo electrónico por si algo sucediese.
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Noise
#5 por Noise el 03/04/2021
Un tema peliagudo el de las aseguradoras y sus condiciones.
En lo que se refiere al envio de guitarras (y otros instrumentos) la cosa se complica todavia mas.
La mayoria de empresas de paqueteria ponen a disposicion del usuario la opcion de asegurar el envio.
El verdadero problema son precisamente las condiciones de esa letra pequeña, tan diminuta que hay que realizar una intensa labor de busqueda para encontrarla y ni asi.
Condiciones tales como, limitar la cantidad de indemnizacion en caso de daño o extravio, condicionarla a la edad del instrumento (merece un hilo aparte), exigencias sobre facturas de compra o venta, pruebas de pertenencia o propiedad y un sinfin de flecos "legales" pero que rayan en la ilegalidad y son manifiestamente abusivos, dejando en un estado de indefension absoluta al tomador del seguro.

Experiencias ? Unas cuantas, en los años que llevo comprando y vendiendo a nivel nacional e internacional.
Afortunadamente con muy pocas incidencias, pero alguna hay.
El pasado mes de Octubre, vendi una guitarra de 2000€ que asegure por la totalidad de su valor (2000€). No hubo ninguna pega ni exigencia para abonar religiosamente la cantidad que suponia en envio asegurado. Tampoco nade ni nada me advirtio de que los 2000 asegurados no tenian porque ser indemnizables.
En un recorrido tan simple como Albacete/Barcelona con una unica escala en Madrid, nada del otro mundo, el paquete de 1,25 x 0,50 x 0,25 metros y 12 kilos de peso, se extravio, segun la empresa de transporte textualmente "lo damos por extraviado" sin muchas mas explicaciones y desde luego sin una labor de busqueda exahustiva, puesto que el envio se contrato con entrega en 48h y la respuesta del extravio se me dio antes de las 72h.
Reclamacion de indemnizacion en marcha y comienza el baile.
Para empezar la empresa de raparto no es responsable de nada, lo es una aseguradora asociada al contrato y realmente la emisora del seguro. De eso te enteras cuando te ocurre un siniestro
Segun las condiciones del seguro, los articulos de devaluan en un 25% cada año despues de fecha de fabricacion, lo que segun esa norma, una guitarra con mas de 4 años, vale exactamente 0€ de valor indemnizable. Pobres guitarras vintage, que facil resulta asegurarlas y que inservible a la vez.
Por si acaso era de menos edad (lo era), me solicitan factura de compra y de venta (un particular no puede emitir una factura de venta y ellos la saben). Tambien me solicitan fotografias del articulo, incluido las del embalaje donde ademas sea visible la etiqueta de envio con direccion de destino y codigo de barras legible.
Afortunadamente tengo por costumbre hacerlo antes de enviar, ya me conozoco como va esto, sabe mas el diablo por viejo que por diablo.
Total, que si no interpongo la correspondiente denuncia en base al Codigo Civil, con el asesoramiento de abogado, a la que sumamos otra por parte del comprador como afectado (colaboro en todo momento, incluso puso a mi disposicion a su propio abogado), todavia estaba esperando la indemnizacion de marras.
Yo devolvi el importe integro al comprador (obvio, el no es responsable de semajente desproposito) dando por sentado que me quedaba sin guitarra y sin dinero. Asi, tal cual. Ahora vas y lo cascas.
Lo mas sorprendente, nada mas registarse la denuncia en el juzgado, la guitarra aparecio "misteriosamente". Cual truco de magia, ahora desaparece y ahora aparece.
Final feliz, pero que pudo ser muy distinto.
Que cada uno le ponga la moraleja que quiera.
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Maranello
#6 por Maranello el 03/04/2021
Cuidadin, mucho cuidadín con los objetos de valor y los seguros.

Las compañías de seguros siempre buscan la forma de no pagar, sea la que sea. Si hay un siniestro, intentarán valorar los daños por debajo de su coste, amparándose en que según su póliza, pintar por ejemplo una pared son 350€. Ya les puedes tú explicar que tenías un estuco veneciano a 1000€ el metro cuadrado, y si les enseñas la factura empezarán a hablar de valor real, valor venial, valor de mercado, depreciación por uso o lo que sea.

Yo ya he tenido dos experiencias desesperantes con seguros del hogar.

El primero, CATORCE meses para solucionar un escape de agua que afectaba al techo del vecino de abajo. Primero, ping-pong entre mi seguro y el seguro de la comunidad. Que si eran bajantes privativos o comunitarios. Después, diciéndome que era un defecto de instalación y por tanto no cubrían. Total, al final y tras enviar un burofax amenazando con todos los males del infierno a la dirección general de la aseguradora, conseguí que pagaran al vecino el valor del daño de la fecha de declaración del siniestro. Como habían pasado catorce meses, los daños eran bastante superiores, así que al final harto de todo aboné de mi bolsillo la diferencia del coste, porque el pobre vecino era un santo varón que aguantó más de un año las goteras.

El segundo caso casi me lleva a denunciar a la aseguradora ante los tribunales. Pero no me extiendo para no hacerme pesado.

En el caso concreto de las guitarras u otros “objetos de valor” hay que andar con pies de plomo. Yo tengo una colección de relojes de cierto valor, y asesorado por una correduría, declaré pieza por pieza con foto del reloj y de mi DNI juntos, serial, valor que quería asegurar para cada una de ellas, y los hice constar en un anexo específico, aceptado por la compañía. Así estoy cubierto al 100%, ya que aseguro (y pago por ello) la lista detallada. Si por desgracia sufriera un robo, o incendio, o lo que fuere, la compañía está obligada a pagar por el valor declarado, y no puede exigirme facturas y/o intentar pagar un valor inferior. Además hice constar dónde guardaba los relojes (caja fuerte) y los sistemas de seguridad que protegían mi hogar. Eso sí, la póliza me cuesta una pasta.

Con las guitarras, te recomiendo que hagas lo mismo. Entiendo que si has dado una lista detallada de modelo, coste, y foto, y consta dicha lista en un anexo del contrato principal, estás a cubierto. Pero si no es el caso....puedes (puedes no, vas a tener) problemas. Cualquier resquicio aprovecharán para no pagar. Supongo que lo sabes, pero todas disponen de peritos especializados en buscar puntos débiles para ahorrar en las indemnizaciones, forma parte de su trabajo diario.

Me dijeron que daba igual, que si el valor asegurado del contenido es 20000 €, eso incluye todo (muebles, instrumentos, parquet, rodapiés, etc) y no hacía falta el pdf.

Esta frase huele que apesta, hazme caso.

Saludos.
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makinon
#7 por makinon el 03/04/2021
Yo pregunté a mi seguro por asegurar las guitarras, y probamos con una, puse los datos de la j.custom y eran más de 200 al año solo esa Guitarra, si aseguraba todas prácticamente eran unos 1500 al año, en dos o tres años me las puedo volver a comprar directamente. Tengo que actualizar las fotos de las guitarras y sus números de serie eso si, que ha habido muchos bailes de guitarras.
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carvinhd9
#8 por carvinhd9 el 04/04/2021
Hola Celvira,

realmente es un tema complicado en el que hay que comprobar mucha letra pequeña. Os adjunto algunos comentarios:

Descripción del riesgo: asegurar que las condiciones de la casa coinciden con lo que dice el seguro. Algunos condicionados dan por hecho que tienes cierres de seguridad (puerta blindada, rejas en las ventanas,.......), que si luego no tienes te dejan sin efecto el seguro.

- Que el seguro de contenido tenga suficiente capital asegurado, como para cubrir las guitarras más los otros artículos que os puedan robar, o que sea a primer riesgo. Recomiendo que el seguro sea a primer riesgo, y no aplique la cláusula proporcional. Primer riesgo es que si tienes asegurado el contenido por 10.000€, te pagan todo lo robado hasta 10.000€. Si no tienes esta cláusula aplican la regla proporcional. El perito estima cuánto vale el total del contenido que tenías en casa y lo compara con lo que realmente aseguraste. Imagínate que estima que tu contenido valía 20.000€, y tu tenías asegurados 10.000€. Como tenías asegurado la mitad del riesgo (del total que tenías), te pagará la mitad de la indemnización. Si te han robado por valor de 6.000€ te pagarán 3.000€, y si te lo roban todo de los 20.000€ te pagarán los 10000 € asegurados.

- Ojo con limitaciones de objetos de valor especial. Muchos seguros establecen un precio máximo por artículo, que suele estar por debajo del valor de una buena guitarra, y dicen que estos artículos están excluidos a menos que se detallen expresamente (con el recálculo de cuota correspondiente). Por ejemplo, 'se consideran artículos de valor especial los que superen los 1.500€ y no quedan incluídos por la presente póliza'.


Otro tema es cómo se calcula la indemnización que recibes por el bien robado:

-Valor de reposición: es lo que custa en el mercado el bien el día que te lo robaron.Esto es discusión asegurada con el périto. Por ejemplo, si has comprado una R9 de segunda mano hace 6 años por 3.500€, cómo le explicas al perito que ahora vale probablemente cerca de 4.000€

- Valor a nuevo: es mucho mejor. Es el valor nuevo del bien en el mercado. Sería el precio de una R9 nueva.


En cuanto a probar que realmente tienes el bien, guardad todo lo que tengáis. Todo ayuda y vale. Fotos por descontado. Si es usado, correos y mensajes con el vendedor, copia de las transferencias, albaranes de transporte,... Si es nuevo cualquier ticket de compra. Genrealmente en caso de litigio con la compañia la resolución suele ser favorable al asegurado si aportas estos documentos. A nivel legal, el tener un seguro sobre un bien ya presupone de por sí la existencia de ese bien.

Si necesitas algo más mándame un mail o dame tu teléfono y te explico.

Espero haber ayudado.
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Rolleig
#9 por Rolleig el 04/04/2021
#7

Yo sigue una norma general de los seguros: solo contrata seguro si NO puedes asumir el coste de siniestro. Si lo puedes asumir es mejor no asegurar porque
1- siempre te sale caro 2- en caso de senientro no vas a conseguir lo que esperabas debido la letra pequeña de los contratos.
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yellow dog
#10 por yellow dog el 05/04/2021
Buenos dias compañeros, he leido un poco y me parece que se mezclan temas distintos aunque puedan parecerlo mismo.

Trabajo en el sector, pero no sere yo quien defienda a las comnpañias, no por el aseguramiento, si no por el sistema de comercio, pero eso es otra conversacion.

En primer lugar no es lo mismo un seguro de hogar que un seguro de envio de paquetes, segundo los particulares no tenemos obligacion de conservar facturas, por tanto nadie nos puede exigir nada a lo que no nos obliga la ley, otra cosa es que entiende cada compañia por objetos de valor especial, pero al menos mis guitarras que son medias (ESP Eclipse por ejemplo) figuran como parte del mobiliario normal, pero insisto hay que leer cada poliza para distingir entre lo que la compañia entiende por mobiliario normal y objetos de valor especial(estos si precisan de detalle), esto nos es como el seguro de resposabilidad civil obligatorio del coche, que lo define el estado y por tanto es igual en todas las compañias, aqui hay que leer cada poliza, dicho sea de paso el contrato de seguro esta obligado por ley a no contener letra pequeña y la exclusiones deben figurar en un tipo de letra que se diferencie sobre el resto, cosa distinta es si cogemos las condiciones de seguro de un envio de mensajeria, o de un banco, ya que no tenemos el documento del contrato, sino como ha incorporado las coberturas de ese contrato la empresa en cuestion a su servicio.

De otra parte la depreciación que también dependerá de las condiciones de contratación, varia según el objeto, no se deprecia lo mismo una lavadora, que la mesa del salón.
carvinhd9 escribió:
Que el seguro de contenido tenga suficiente capital asegurado, como para cubrir las guitarras más los otros artículos que os puedan robar, o que sea a primer riesgo. Recomiendo que el seguro sea a primer riesgo, y no aplique la cláusula proporcional. Primer riesgo es que si tienes asegurado el contenido por 10.000€, te pagan todo lo robado hasta 10.000€. Si no tienes esta cláusula aplican la regla proporcional. El perito estima cuánto vale el total del contenido que tenías en casa y lo compara con lo que realmente aseguraste. Imagínate que estima que tu contenido valía 20.000€, y tu tenías asegurados 10.000€. Como tenías asegurado la mitad del riesgo (del total que tenías), te pagará la mitad de la indemnización. Si te han robado por valor de 6.000€ te pagarán 3.000€, y si te lo roban todo de los 20.000€ te pagarán los 10000 € asegurados.


Esto es correcto, pero no es una buena opción en mi opinión, en un seguro de hogar normalmente no merece la pena un primer riesgo a no ser que hablemos de capitales muy muy altos y de otra parte esto corresponde a la forma de aseguramiento, que no tiene que ver con la forma de indemnización: valor real, valor de reposición, valor de nuevo etc.

No obstante y como ultima sugerencia, toda compañía esta obligada a facilitar toda la información correspondiente antes de la contratación, y tras su lectura y comprensión, los agentes deben aclarar cuantas dudas presente el cliente y si nos compensa el gasto frente al riesgo pues adelante.

Perdon por el tocho, si hay alguna duda que se haya quedado en el tintero intetare aclarar, no trabajo seguros de envio, pero el resto de ramos lo toco, incluida tramitacion de siniestros y pese que efectivamente las compañias utilizan ratios y otras medidas para la gestion de siniestros que nunca deberian estar hay , lo cierto es que lo que esta escrito se cumple, mas del 95% de los siniestro se gestionan parcticamente si que intervenga perito o tramitador, el problema es el 5% restante, que es el que da ruido ya que detras de este, sele haber una familia bien jodida, hay es cuando un agente tiene que remangarse y ponerse a trabajar, pero cuidado, el seguro no funciona como creemos que tiene que funcionar, sino como el contrato dice que debe funcionar.
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