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Si tú tienes una canción y contratas a un batería para que grabe, generalmente al batería se le da una guía, ya sea con una secuencia, por escrito o explicándole el concepto, y este lo graba. Se le paga un tanto alzado y NO se le da nada de derechos de autor, porque no es autor, es ejecutante.
La AIE gestiona los derechos de los interpretes y ejecutantes. Son derechos sobre la interpretación del fonograma, y no sobre la autoría de la obra, me explico:
Un compositor compone una canción y esta se graba por 2 artistas distintos (versión original y un cover, por ejemplo), siendo ambas versiones éxitos comerciales. El compositor se lleva su % de derechosde ambas versiones por ser AUTOR de la obra, a través de SGAE, pero no gana nada como intérprete porque no ha grabado ningún instrumento ni voz en la grabación de las dos versiones. Los intérpretes y ejecutantes no cobran nada como autores de la obra, puesto que la autoría es del compositor, pero sí cobran a través de la AIE cada vez que el fonograma en el que hayan grabado, suene. Y esto es importante, solo cuando el fonograma suene, si es una interpretación en directo cobrarán por su interpretación en directo, y el autor seguirá cobrando como autor. ¿Y si es un playback? Está sonando el fonograma, por lo que genera derechos a los ejecutantes de la grabación, aunque en pantalla sean otros músicos.
Autor es sobre la obra en sí, suene como suene; ejecutante es sobre la interpretación de un fonograma en concreto.
El % de derechos se negocia, pero hay estándares que ya existen (letrista, top liner, etc.) y en cuanto a arreglista existe ese máximo del 16,32% que no se puede superar (puede que el número sea levemente diferente, mi memoria puede fallar, pero por ahí estaba).
Los derechos como ejecutante, seas cantante, músico o batería (badum tsss) son a través de la AIE. Insisto, sobre la interpretación plasmada en la grabación, no son derechos sobre la obra en sí.
Los productores e ingenieros solo cobran un tanto alzado por el trabajo. Si luego además son autores, arreglistas o intérpretes, se registrará cada parte del trabajo de forma apropiada, pero la producción o la parte técnica se paga en ese tanto alzado y ya (por horas o precio cerrado, depende).
No puedo publicar ningún contrato de los que manejo, son todos privados y secreto de empresa. Pero puedes llamar a la SGAE y a la AIE que seguro que te podrán informar con más detalle

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