Ya sé que es un tema muy trillado, ¡pero estoy harto!

soutebare
#157 por soutebare el 18/09/2020
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luishouse escribió:
Toda la razón, en un balance contable solo se puede contar como activo o inmovilizado el valor del producto en sí, el impuesto, (al menos cuando yo trabajaba en contabilidad), se consideraba un gasto y nunca era más valor del balance.


No es cierto, sólo es gasto cuando el IVA es recuperable.

En la contabilidad que hipotéticamente llevase una persona física que no hiciese actividades económicas sujetas a IVA, el IVA soportado sería mayor precio de adquisición, por lo tanto, activo. Y este se amortizaría incluyendo el IVA.

Esto no es opinable, es así porque lo dice la normativa. En eso si alguien mantiene otra opinión, está equivocado o mintiendo.

Basta con ver la norma de valoración 2 del PGC:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-19884&p=20161217&tn=1#A2-2

"2.ª Inmovilizado material
1. Valoración inicial

Los bienes comprendidos en el inmovilizado material se valorarán por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.

Los impuestos indirectos que gravan los elementos del inmovilizado material sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública."
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soutebare
#158 por soutebare el 18/09/2020
#156 por ejemplo, los activos de las administraciones públicas (ministerios, ayuntamientos,...) incluyen en su valor incorporado al balance todo el IVA INCLUIDO en las respectivas facturas porque las administraciones no hacen actividades sujetas a IVA, no siendo éste gasto sino inversión (salvo excepciones tipo prorrata o que la entidad pública realice actividades económicas)
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Art Vandelay
#159 por Art Vandelay el 18/09/2020
Estoy de acuerdo salvo una precisión:

soutebare escribió:
No es cierto, sólo es gasto cuando el IVA es recuperable.


Yo hace más de diez años que no trabajo con contabilidad, pero si no me equivoco si el IVA es deducible no es un gasto, va a cuentas del grupo 4.

Si no es deducible, si se ha soportado como consecuencia de la adquisición de un bien de inversión, se considera mayor valor adquisición y por tanto es amortizable. Si es como consecuencia de la adquisición de un bien que no es de inversión o es como consecuencia de la adquisición de un servicio, entonces sí es un gasto.

Puede que me equivoque, pero creo que tiene bastante sentido lo que he expuesto.
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Monesvol
#160 por Monesvol el 18/09/2020
Art Vandelay escribió:
Si no es deducible, si se ha soportado como consecuencia de la adquisición de un bien de inversión, se considera mayor valor adquisición


Es lo que he considerado siempre al comprar un producto de consumo por un particular.

Saludos
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soutebare
#161 por soutebare el 18/09/2020
Art Vandelay escribió:
Yo hace más de diez años que no trabajo con contabilidad, pero si no me equivoco si el IVA es deducible no es un gasto, va a cuentas del grupo 4.


Totalmente cierto. Se me ha ido la cabeza con el asiento del impuesto de sociedades que sí que va al grupo 6 (cuenta 630).

Es que yo trabajo con contabilidad pública (por eso tengo clarísimo lo del iva no recuperable) eso por eso la privada la tengo en el cajón de los recuerdos.

Saludos!!
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Art Vandelay
#162 por Art Vandelay el 18/09/2020
soutebare escribió:
Es que yo trabajo con contabilidad pública (por eso tengo clarísimo lo del iva no recuperable) eso por eso la privada la tengo en el cajón de los recuerdos.


Normal. A mí me pasa algo parecido. Hace más de diez años que no veo un asiento contable y, salvo las cuestiones más básicas, la contabilidad la tengo muy olvidada tras haber estudiado dos PGC, pero estos últimos diez años trabajo exclusivamente con IVA y por eso me defiendo un poco en lo que a ese impuesto atañe en contabilidad. Pero no me saques de ahí.

Además la contabilidad pública es un infierno. La normativa de contratación pública es tan cambiante que requiere un altísimo grado de especialización.
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soldout
#163 por soldout el 18/09/2020
Pues eso, que pedirle al pobre guitarrista aficionado que va a vender una guitarra que antes de calcular el precio de venta quite el IVA no es correcto.

Incluso para el que vende algo que ha comprado de 2da. mano, porque al comprarlo deberían haber incluido el IVA pagado nuevo en el cálculo del precio.
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Tom Tom Tombola Baneado
#164 por Tom Tom Tombola el 18/09/2020
#163
No es correcto ni incorrecto, es un "baremo" que si quieres te lo aplicas y si no, no. Personalmente, si yo no soy el que estrena, como poco el IVA no lo voy a pagar, y expongo mi razonamiento particular por si le sirve a alguien.

Otra cosa es que entre dos se entiendan como bien les parezca, yo no me voy a meter en las cosas de nadie.
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Art Vandelay
#165 por Art Vandelay el 18/09/2020
Aunque pueda parecer ideas opuestas, tanto lo que defiende Tom Tom Tombola como lo que defiende soldout son conceptos compatibles.

Pero de verdad, el IVA es un impuesto tan complejo que me da mucha pereza explicar porqué defiendo esta afirmación, la cual no deja de ser una opinión, sobretodo ahora que tengo tiempo para coger la guitarra y no quiero liarme a escribir.

Sin embargo, estoy seguro que pudiendo expresarnos de forma oral y sin el “coñazo” de escribir con el teclado de un móvil todos seríamos conscientes de que ninguno dice tonterías y de que podríamos llegar a una misma horquilla de precio “razonable” por caminos distintos. Incluso teniendo en cuenta conceptos técnicos que ningún particular aplicaría de forma normativa pero que no deja de ser un reflejo de la realidad, como la depreciación.

Lo que pasa es que estamos discutiendo profesionales de la valoración de bienes con personas ajenas a esa profesión y los primeros nos liamos con conceptos que es absurdo extrapolar de forma matemática a una venta entre particulares. Aunque cualquier particular sabe que unos trastes hechos mierda restan valor a una guitarra sin necesidad de hablar de depreciación.
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soldout
#166 por soldout el 18/09/2020
Tom Tom Tombola escribió:
No es correcto ni incorrecto, es un "baremo" que si quieres te lo aplicas y si no, no. Personalmente, si yo no soy el que estrena, como poco el IVA no lo voy a pagar, y expongo mi razonamiento particular por si le sirve a alguien.

Otra cosa es que entre dos se entiendan como bien les parezca, yo no me voy a meter en las cosas de nadie.


Perfecto, si es una opinión o un baremo pues bien, cada uno que haga lo que quiere, pero los compañeros han acabado aclarando que lo que dices en el post #126 no es correcto:

Tom Tom Tombola escribió:
Es verdaderamente sencillo. Un artículo paga IVA porque se pone en el mercado. Si ya ha sido puesto en el mercado anteriormente, no puede soportar el mismo tipo de impuesto NUNCA, no puedes gravar el mismo concepto a placer.


Que puedes hacerlo como baremo, pues claro, pero si eres un particular el IVA no te lo has desgravado en la compra como nuevo y es parte del precio de compra y tienes justificación para hacer el cálculo del precio al que venderlo de 2da. mano incluyendo el IVA.
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Tom Tom Tombola Baneado
#167 por Tom Tom Tombola el 18/09/2020
Podría rebatirlo también técnicamente, pero voy a tener piedad de vosotros y os voy a dejar en paz.
Acabo de poner el vinilo de "Axis: Bold as love" y me voy a dedicar a él.
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APrieto
#168 por APrieto el 18/09/2020
Vendo Fender Telecaster MIM en buen estado. Descuento el IVA.
Gastos de envío, tasador, asesoría fiscal, abogado, procurador y notario por cuenta del comprador.
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