¿Tocar en la calle es legal?

Luisito Baneado
#37 por Luisito el 21/05/2018
j-zero escribió:
Os estais yendo al carajo.


A Tabarnia pa ser mas concreto.

En brebe empiezan con los presos políticos y lo mucho que se tortura en España.

¿Que apostamos?
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pastodeloslobos
#38 por pastodeloslobos el 21/05/2018
#32
No sé chico, es que me da pereza resumirte el topic entero... Léetelo y lo entenderás. O no lo hagas, es cosa tuya.

#36
Nos iremos al carajo el día en que haya un sitio donde no sea apropiado compartir opiniones políticas.
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LimbicSystem
#39 por LimbicSystem el 21/05/2018
Luisito escribió:
En brebe empiezan con los presos políticos y lo mucho que se tortura en España.

A esto se le llama prejuzgar ... Trataba de hacer ver lo absurdo que sería intervenir Tabarnia ... Pero bueno, ya se sabe como funciona este foro, dices gato se entiende perro.
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j-zero
#40 por j-zero el 21/05/2018
#38 Bajo mi punto de vista uno se va al carajo cuando en un foro de guitarristas y en un post sobre tocar en la calle se empiezan a soltar soflamas antisistema o de cualquier pelaje....es cuestion del mismo respeto que pedimos a politicos y policias y que no somos capaces de tener con los compañeros que compartimos aficiones.
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Miercoles mod
#41 por Miercoles el 21/05/2018
Compañeros... que esto va de si se puede tocar en la calle, y cómo... por favor, las cuestiones políticas y los offtopics los dejamos ya.
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pastodeloslobos
#42 por pastodeloslobos el 21/05/2018
Esto es de coña. El topic original implicaba la ley mordaza. Aquí unos cuantos estamos charlando sin que haya habido un solo insulto ni una subida de tono. Entran dos a los que les debe ofender que se hable y dicen que le faltamos al respeto a no se quién y que si soflama de no sé qué, y ahora un moderador a decir que tal...

Bueno, pues baneenme, que yo me bajo aquí.
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Miercoles mod
#43 por Miercoles el 21/05/2018
No es coña, va en serio. Y no hace falta que enarboles el baneo ni si se viene a decir tal o cuál.

Se puede hablar de esa ley en referencia al tema del hilo, pero no irse por las ramas a otros temas que no tienen nada que ver con tocar en la calle. A la vista está en éstas páginas.

Repito: al tema del hilo, y no más offtopics por favor.
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Samu Baneado
#44 por Samu el 21/05/2018
A ver si nos aclaramos, este tema va de lo que hay que hacer para tocar en la calle y lo que nos puede pasar por haceerlo y eso incluye la aberrante ley que tenemos en este pais. A los que no entendeis que tiene que ver la ley mordaza con tocar en la calle os animo a leer este articulo antes de soltar estupideces como que en las carceles de este pais no se tortura (que ojala no os toque sufrirlo en vuestras carnes) 2000 instrumentos secuestrados solo en barcelona

https://www.google.es/amp/s/agenciatao.wordpress.com/2016/10/24/artistas-callejeros-en-el-mundo-la-situacion-en-barcelona/amp/
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Iñigo
#45 por Iñigo el 22/05/2018
#44 no se quienes son los de Agencia Tao, pero es sin duda el peor artículo que he leído en mucho tiempo. Y este hilo, también de lo peor.
Anda que no habrá espacios en internet para hablar de torturas
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RDCG
#46 por RDCG el 22/05/2018
Disculpen si no he podido leer todos los post y tampoco es que quiero molestar con esto, pero en principio, todo ser humano debe tener libertad de expresarse y opinar y el arte es una forma de hacerlo. Claro está, perturbar el orden público es otro tema y hay una línea que se debe respetar. Lo correcto sería solicitar autorización a las autoridades correspondientes de hacer un toque en señal de protesta y no llegar a la diabla y hacerlo porque uno quiere y punto. Cada país tiene sus leyes y su reglamentación, por lo cual no puedo dar referetes más allá de los que he conocido en mi localidad. Saludos!
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ferthunder
#47 por ferthunder el 22/05/2018
Samu escribió:
A los que no entendeis que tiene que ver la ley mordaza con tocar en la calle os animo a leer este articulo antes de soltar estupideces como que en las carceles de este pais no se tortura (que ojala no os toque sufrirlo en vuestras carnes) 2000 instrumentos secuestrados solo en barcelona


Extraído del artículo que mencionas:

Entre 2011 y 2015, el Ayuntamiento de Barcelona secuestró más de 2000 instrumentos.

La ley de seguridad ciudadana no dice nada sobre los músicos callejeros, son las normativas locales las que regulan la actividad. Quien secuestró los 2.000 instrumentos fue el Ayuntamiento de Barcelona, no el estado. Son cosas distintas.

“La Ley Mordaza restringe el uso de las filmaciones de agentes.

Artículo 36:

23. El uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades
o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad
personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una
operación, con respeto al derecho fundamental a la información.

Como en cualquier otro país, y respetando el derecho fundamental a la información. Si quien ha escrito el artículo tiene algún problema puede ir tranquilamente a un juzgado y poner una denuncia para que el juez decida si se está vulnerando el derecho a la información. Por cierto, la redactora es Argentina y trabaja para la Universidad de Buenos Aires, que intente hacer lo mismo en su país.

En cuanto a lo de las torturas en las cárceles, estoy completamente en desacuerdo, pero no creo que éste sea el hilo ni el foro para debatirlo, a no ser que conozcas algún músico que haya sido torturado por tocar en la calle.
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ferthunder
#48 por ferthunder el 22/05/2018
Información sobre el tema en la ciudad de Madrid:

https://elpais.com/ccaa/2017/06/11/madrid/1497204536_417294.html

Y más información reciente extraída del Diario de Madrid:

A partir de hoy, 1 de febrero, entra en vigor el decreto que regula los criterios para autorizar actuaciones musicales en las vías o espacios públicos del distrito Centro. Una nueva ordenación que pretende superar la degradación que el fenómeno de la música de calle ha venido sufriendo en los últimos años, generando molestias a los vecinos, para transformarla en la manifestación cultural que sería deseable encontrar en los desplazamientos y paseos por la ciudad.



Se trata de un acuerdo consensuado por colectivos de músicos y representantes vecinales que genera seguridad jurídica a las partes implicadas, simplifica el modelo de gestión para facilitar su aplicación y cumplimiento, y que minimiza las molestias a los residentes del distrito.

Antecedentes y marco jurídico
La denominada música callejera es un fenómeno ampliamente extendido desde hace años por todas las ciudades del mundo. La ciudad de Madrid tuvo más de 9,3 millones de visitantes a lo largo de 2017 según la Encuesta de Ocupación Hotelera del Instituto Nacional de Estadística (INE), lo que convierte el centro de la ciudad en un escaparate muy atractivo para los músicos.

La nueva regulación que se pone en marcha hoy contempla las características especiales del distrito Centro, que fue declarado Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) en el año 2011.

En este contexto, la Junta Municipal del Distrito Centro ha mantenido reuniones con la Plataforma por la Música en la Calle y la Coordinadora de Asociaciones de Vecinos de Centro para acordar de manera conjunta las condiciones en las que poder desarrollar actividades musicales en la calle.

La solución que aporta este nuevo decreto se apoya en dos fundamentos básicos: identificar ejes viarios con un perfil comercial en los que las molestias a los vecinos se minimicen para proteger su descanso y su calidad de vida, y en limitar las horas en las que se podrá actuar.

Del mismo modo recoge expresamente que cualquier actividad musical que se realice fuera del marco establecido en la propia regulación será susceptible de ser denunciada por la Policía Municipal y, por lo tanto, sancionada.

Condiciones de la autorización
Tal y como establece el nuevo decreto, sólo se podrán autorizar actuaciones musicales en tres conjuntos de ubicaciones y en horarios determinados respetando en todo caso los límites sonoros establecidos en la declaración de Zona de Protección Acústica Especial:

Áreas delimitadas como de uso terciario en las Áreas Acústicas de la ciudad, en las que el horario será de 10 a 15 horas y de 17 a 22 horas, ampliándose hasta las 23 horas del 15 de junio al 15 de septiembre.
Áreas calificadas de uso residencial, donde no se podrá utilizar ni percusión ni amplificación y sólo se permitirá el formato acústico. El horario se reduce los miércoles, jueves, viernes y domingos, de 12 a 14 horas y de 18 a 20 horas, y en verano de 12 a 14 horas y de 19 a 21 horas. Los sábados será de 10 a 15 horas y de 17 a 22 horas, ampliándose en verano hasta las 23 horas.
Áreas del Rastro autorizadas en el horario del mercado y en sus límites, con las condiciones medioambientales de las áreas de uso terciario y el consenso de comerciantes y vendedores ambulantes del entorno.
El tiempo máximo que un músico podrá permanecer en una ubicación concreta es de 1 hora para las áreas de uso residencial y de 2 horas en el resto.

En todos los espacios autorizados la distancia mínima entre intérpretes deberá ser de 75 metros, y de 3 metros con respecto a los accesos a viviendas, locales y salidas de emergencias. Tampoco se podrá actuar en las ubicaciones que no permitan dejar un espacio mínimo de 3 metros para el tránsito de personas y la distancia con las terrazas no podrá ser inferior a 6 metros.

En aplicación de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica, en los casos de residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias, o centros docentes con horarios que coincidan con el de la actuación pretendida, se deberá respetar una distancia superior a 150 metros.

Todas las actuaciones que pretendan utilizar elementos de percusión, amplificación o reproducción sonora, deberán ser autorizadas por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

Autorizaciones
Las autorizaciones serán personales e intransferibles, se concederán por semestres naturales y se solicitarán mediante un formulario disponible en la Unidad de Cultura del distrito Centro y en la web http://www.madrid.es. Contendrá entre otros datos, el compromiso de aceptación de la normativa, los instrumentos que se utilizarán, las zonas en las que se prevé actuar, tipo de música, y un domicilio a efectos de notificaciones.

Tendrán un formato que evite su falsificación y se entregarán acompañadas del plano de espacios disponibles y sus condiciones de uso.

Disciplina y control
En cuanto al control del cumplimiento de la normativa medioambiental y del nuevo decreto, tanto el Área de Medio Ambiente y Movilidad en el primer supuesto como el distrito Centro en el segundo, sancionarán los incumplimientos que se produzcan, pudiendo llegar a revocar las autorizaciones concedidas tanto por la comisión de infracciones como por razones de interés público debidamente acreditadas.

Policía Municipal será la encargada de vigilar su cumplimiento y suspenderá de manera inmediata la interpretación musical de aquellos que infrinjan los horarios, ubicaciones o límites sonoros.

Todas estas condiciones recogidas en el decreto aprobado hoy han sido aceptadas por las partes interesadas, que se comprometen a respetarlas y asumirlas. Para ello se aprueba la creación de una comisión de seguimiento formada por representantes vecinales, colectivos de músicos, Área de Medio Ambiente y Movilidad y Policía Municipal, que trimestralmente se reunirá para revisar las condiciones acordadas a instancia de cualquiera de las partes firmantes en el supuesto de que la puesta en práctica de estas medidas no satisfaga los objetivos de calidad ambiental esperados o bien se vulnere el marco normativo de la ciudad.

Jorge García Castaño, concejal distrito Centro
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