CONCLUSIÓN: no sujeto a IVA pero sujeto y no exento a Trasmisiones al tipo del 4% a cargo del comprador que deberia liquidarlo a traves del correspondiente modelo 600.-
y el vendedor declararlo como un icremento de patrimonio en IRPF de acuerdo a las normas del Reglamento
Eso es el mínimo... va por comunidades yautónomas en Valencia tengo entendido que es el 6%
Si, está claro... y más allá de si nos parezca bien o mal, ya que en el momento que se compra (cuando está nuevo) ya paga el IVA y que vuelvan a recaudar el 4% o el 6% a mí en lo personal me parece un robo (si, otro más)
Y la mayoría de las compras y ventas de productos usados son imposibles de declarar...
A partir de una charla con un forero y luego de leer (otra vez. Ya que lo había leído la noticia cuando Montoro empezo la guerra contra wallapop) el link que dejo abajo, viene la siguiente pregunta:
- alguien ha declarado la compra o venta de una guitarra, pedal, pastilla, etc...
Aquí el Link
Y recordar que Hacienda somos todos (hasta los bateristas, jeje)