¿Qué tengo que estudiar para ser profesor de Música de Secundaria?

borrandocuenta
#25 por borrandocuenta el 16/01/2011
Pregunta con respuesta rapida (simple si o no y ya me queda clarisimo). En principi quiero ser profesor de instrumento pero... (y ahi va): CON UN GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE CONSERVATORIO PUEDO OPOSITAR PARA SER PROFESOR DE SECUNDARIA?¿


(osea, acabar el grado superior... hacer el master de "enseñanza" que dura un añito y opositar?¿??)

O HACE FALTA HACER UNA CARRERA EN UNIVERSIDAD?¿¿??
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Hateman
#26 por Hateman el 16/01/2011
Ya que han reflotado este post... ¿Qué carreras hay relacionadas con la música? Aparte de profesor claro.

Gracias adelantadas.
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swlabr
#27 por swlabr el 20/01/2011
pedro2peter escribió:
Pregunta con respuesta rapida (simple si o no y ya me queda clarisimo). En principi quiero ser profesor de instrumento pero... (y ahi va): CON UN GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE CONSERVATORIO PUEDO OPOSITAR PARA SER PROFESOR DE SECUNDARIA?¿


(osea, acabar el grado superior... hacer el master de "enseñanza" que dura un añito y opositar?¿??)

O HACE FALTA HACER UNA CARRERA EN UNIVERSIDAD?¿¿??
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ORDEN de 25 de marzo de 2010 (Andalucía)

2.2. Requisitos específicos para participar en el procedimiento de ingreso.

2.2.1. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

a) Estar en posesión de la titulación de doctorado, licenciatura, arquitectura, ingeniería o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

De acuerdo con la disposición adicional única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, apartado 1, para aquellas especialidades relacionadas con la formación profesional específica en que así se haya determinado, podrán participar en los procedimientos selectivos quienes estén en posesión de la titulación de diplomatura, ingeniería técnica o arquitectura técnica que expresamente haya sido declarada equivalente a efectos de docencia y que se relacionan, para las especialidades convocadas, en el Anexo VI.

(...)

2.2.4. Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.

Estar en posesión de la titulación de doctorado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

De conformidad con el apartado 3 de la disposición adicional única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, podrá admitirse en la convocatoria a quienes posean alguna de las titulaciones referidas en el Anexo VI.

Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero

CAPÍTULO V.
DE LOS REQUISITOS QUE HAN DE REUNIR LOS PARTICIPANTES.

Artículo 12. Requisitos generales.

1. Quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos deberán cumplir las condiciones generales siguientes:

1.

Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.
2.

Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
3.

No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
4.

No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
5.

No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo al que se refiera la convocatoria, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el Título V de este Reglamento.
6.

Acreditar, en su caso, el conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma convocante, de acuerdo con su normativa.

2. Asimismo, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16 de este Reglamento, las convocatorias podrán determinar la forma en que, los aspirantes que no posean la nacionalidad española, deban acreditar un conocimiento adecuado del castellano y, en su caso, del idioma propio cooficial.

Artículo 13. Requisitos específicos.

Además de las condiciones generales que se establecen en el artículo anterior, quienes aspiren a participar en los procedimientos selectivos, deberán reunir los requisitos específicos siguientes:

1.

Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros: Estar en posesión del título de Maestro o el título de Grado correspondiente.
2.

Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:
1.

Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
2.

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3.

Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional:
1.

Estar en posesión de la titulación de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
2.

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
4.

Para el ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas: Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otro título equivalente a efectos de docencia.
5.

Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Música y de Artes Escénicas:
1.

Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
2.

Con la excepción de quienes ingresen en el cuerpo en especialidades propias de Arte Dramático, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
6.

Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño:
1.

Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
2.

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
7.

Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño:
1.

Estar en posesión de la titulación de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
2.

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
8.

Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas:
1.

Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.
2.

Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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AgnesMir
#28 por AgnesMir el 21/10/2012
batiscafo escribió:
Yo cada vez que pienso en dar clase de otras asignaturas y lo comparo con la mía me siento muy contenta.

La única lacra: la falta de consideración por parte de otros miembros del claustro y la falta de horario para poder desarrollar la asignatura plenamente


!!Cuánta razó!!
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Agosto Leo
#29 por Agosto Leo el 14/12/2017
OJIPLÁTICA me quedo leyendo vuestros comentarios, a ver señores y señoras, para dar clases de música tienes que ser músico, mucho me gusta la música pero si no he estudiado nada sobre ella qué voy a impartir?? Un poco de sensatez, cierto es y por desgracia que en este país y sólo en éste se puede ejercer de profesor siendo un indocto, con ello quiero decir, que si tanto te gusta la música, matricúlate en un Conservatorio que para eso están, qué vas a enseñar si no sabes ni solfear, historia de la música?? y qué más?? Eso no es enseñar música, tienes que pasar por un Conservatorio lo demás son OSADÍAS, Cuando estudié Hª del Arte en la UAM , ya había acabado mi superior de música en el Conservatorio, recuerdo que los de magisterio musical, nos juntábamos en los Coros, eran unos absolutos ignorantes musicales, así va la enseñanza en España, TENÉIS QUE ESTUDIAR UN INSTRUMENTO EN UN CONSERVATORIO, es tan obsceno lo que comentáis que es como si yo dijera que como me gusta la cirugía y he visto muchas operaciones por YouTube me veo capacitado para impartir clases de medicina , Atrevida IGNORANCIA
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moly
#30 por moly el 14/12/2017
Para ser cirujana te piden la carrera de medicina... para ser maestro de secundaria, te piden Magisterio.
En Secundaria no se enseña solfeo, sino historia de la musica, no se enseña a tocar ningun instrumento, sino, plr ejemplo a escuchar obras clasicas y poder diferenciar distintos instrumentos, a estudiar de que se compone una orquesta o que generos populares se han dado en España, como la zarzuela o cosas asi.... Para enseñar eso, no necesitas tener el conservatorio superior.... igual que para enseñar historia en el colegio no secesitas tener la carrera... solo te piden Magisterio y un año de especializacion.
Aun asi, entiendo tu postura. Los maestros deberian estar mas especializados, al menos en las enseñanzas artisticas....
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danisauc
#31 por danisauc el 15/12/2017
#30 No es cierto.
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moly
#32 por moly el 15/12/2017
#31
Tienes razón!!
La ley ha cambiado.
Hace años podias opositar solo con un titulo de licenciado, pero he visto que ha cambiado la ley... bueno, hace unos años y ahora si lo exigen.
Me retracto de mis palabras y de esta forma tambien me voy informado sobre el asunto.
En fin.
Suerte a quien vaya a por ello!!
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Agosto Leo
#33 por Agosto Leo el 15/12/2017
Para Moly

No sé si has tenido ya experiencia en la enseñanza pero yo de vez wn cuando trabajo las bajas en colegios concertados, y sí, se da historia de la música y eso lo puede dar un historiador, pero te piden swr músico porque en las clases se da Solfeo, sorpresa!! Para hacer llegar a los alumnos la música a traves de la experiencia, entre otras formas de imartir clase, hacemos ritmos, toco el piano en clase, ellos tb lo tocan, hacemos dedos flauta etc.... Y aunque la ley te permita presentarte a la oposición nunca te van a contratar sin esos conocimientos, me gustaría veros dando una clase.... CONSERVATORIO, master de profesor y opositar.
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