Algún moderador o jefecillo de este foro podría ponerlo en portada como los anuncios que se ponen , para que la entre esté informada y no pase este calvario q he pasado estos meses .
Un poco de información nunca viene mal
Baneado
Lo de quien hizo el envío como bien dices no vale de nada.
Y lo que si cuenta es quien lo contrato para asumir la responsabilidad de incidencias en un envío, por ejemplo si se parte la pala de una guitarra durante un envío, el responsable es quien contrato a la empresa y será quien tenga que reclamar a dicha empresa.
No tiene nada que ver para estafas o engaños de mala fe.
#91 Obviamente existen formas, pero no son gratis. Si, dados los altos precios de la compraventa de segunda mano, se añaden estos costes el mercado se viene definitivamente abajo.
Entiendo que, al ser un coste que a la vista de la sentencia debe asumir el vendedor este tiene dos opciones: o reduce sus ganancias o asume el riesgo. Bien sea por desconocimiento, bien sea por una mezcla de bajo riesgo y codicia, la mayoría de los vendedores optamos por asumir el riesgo. Lo que tenemos que tener claro es que en un caso como este no debemos llegar a juicio porque acabaremos perdiendo más: los intereses y las costas judiciales pueden superar de largo el valor de la guitarra o el bien que sea. La opción inteligente, además de correcta, es devolver la pasta y callar.
#100 Todos queremos un pez grande que pese poco, es decir, comprar barato y con las máximas garantías. Eso lleva a dos puntos: O el vendedor ofrece un precio bajo para vender más fácil y asume el riesgo del envío, o vende por plataformas que dan garantías al comprador como Reverb a cambio de que le repercuta el vendedor la comisión de un 6,2% (3,5 % por venta y 2,7% por pago). En cualquier caso, el vendedor es quien tiene seguridad, el comprador no.
#101 Tal y como yo lo veo es justo lo contrario: queremos vender caro y no asumir ninguna responsabilidad. Y parece que por ahí no van las cosas, a la vista de los hechos.
Yo soy vendedor y comprador, y siempre me he sentido más vulnerable como comprador, empezando por el pago por adelantado y siguiendo por todo lo demás. No entiendo ese empeño por poner al comprador como el malo de la película.
En la compraventa entre particulares no se aplican las leyes de consumo, ni la de protección de consumidores y usuarios ni la de garantías de bienes de consumo. Se aplica, al igual que en la mayoría de contratos privados, el Código Civil. En lo que se refiere a garantías los bienes adquiridos en la compraventa entre particulares tienen un periodo de 6 meses, pero solo para el caso de que en ese periodo se descubran fallos ocultos que ya estuvieran presentes en el momento de la compraventa, tuviera conocimiento o no de ellos el vendedor. Si los daños son tan evidentes que no cabe posibilidad de que pasaran inadvertidos al comprador (ocultos) en el momento de la compraventa se entiende, como norma general, que aceptó el objeto con esos daños, aunque esto puede ser objeto de interpretación en caso de conflicto. Para daños que aparezcan después (es decir no estabn en el momento de la compraventa) no existe garantía, a diferencia de los bienes de consumo que están amparados por una garantía de dos años para fallos que aparezcan en cualquier momento durante ese periodo.
Pues esa sentencia dice que aplica esa ley de consumidores, la cual es sus primeros artículos deja claro que solo se aplica a ventas entre profesional y particular.
Una de dos, o el vendedor es un profesional que vende con su margen de ganancia y esas cosas propias de los profesionales (y no un simple forero), o no entiendo nada.
Yo creo que es mucho más sencillo, se garantiza el paquete, fuera historias, la última guitarra que envié asegurada por 1.200 pavos, el envío me costó 35 pavos !
Saludos
¿Y lo de las exclusiones de instrumentos musicales por parte de las empresas de mensajería?
En este caso el vendedor tuvo la precaución de asegurar el envío, pero no leyó la letra pequeña. No sé si habrá que pagar más para evitar esas exclusiones.