Facilitando el Registro de la Propiedad Intelectual
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#13 , gracias tio, la verdad he indagado bastante al respecto, y bueno habrá que intentar registrarlo en RPI, pero Safe creative es una buena opción ya que te permite registrarlo en USA también, con lo cual tienes otro registró más;gracias por preguntar a tu Profe, pero ya sabes, autoproducir un disco es jodido cuando tu eres todos los instrumentos y el único inversor,jajajaja;y como te dije mi tranquilidad en parte esta en que dudo mucho que aquí se intente plagiar el metalcore.
Salud y larga vida al Rock and Roll.
Salud y larga vida al Rock and Roll.
Buenas, tengo un amigo que compone música y canta, para registrarlas en el ministerio de cultura te piden lo siguiente, parte armónica instrumental, es decir primero: las guitarras, los acordes de la melodía (no sirven ni batería, ni guitarras por debajo, ni bajo ni leches), segundo: melodía de la voz y tercero: letra, todo eso en partitura, así es como las da de alta mi amigo, pero en el grupo en el que estoy han llevado un mp3 al registro de propiedad intelectual, sin pentagramas ni leches y loa ceptan, no entiendo que diferencia hay, si alguien lo sabe por favor que me lo explique.
#16
Buenas, yo he llamado hace unas semanas al Registro de la Propiedad Intelectual (del ministerio) y el que me atendió al teléfono me dijo que con presentar el archivo de audio era suficiente; yo le insistí porque también había leído por ahí que hacían faltas partituras, pero me confirmó que no era necesario.
Si esto realmente era así o tenía prisa por irse a casa queda por confirmar, pero si te aceptan el audio y te dan el recibo o comprobante o lo que sea oficialmente desde el registro de la propiedad, conforme eres autor de lo que has presentado, ya tienes su visto bueno.
Buenas, yo he llamado hace unas semanas al Registro de la Propiedad Intelectual (del ministerio) y el que me atendió al teléfono me dijo que con presentar el archivo de audio era suficiente; yo le insistí porque también había leído por ahí que hacían faltas partituras, pero me confirmó que no era necesario.
Si esto realmente era así o tenía prisa por irse a casa queda por confirmar, pero si te aceptan el audio y te dan el recibo o comprobante o lo que sea oficialmente desde el registro de la propiedad, conforme eres autor de lo que has presentado, ya tienes su visto bueno.
#19
Bueno, me autocito porque llevo un rato mirando cómo editar mi mensaje y no lo encuentro (cosas de la edad...).
He seguido mirando un poco más y parece que todo depende de la comunidad autónoma (ya estamos jodiendo....).
Por lo que he visto Madrid, Andalucía y Ceuta-MElilla permiten registro telemático. (Donde yo llamé fue a Madrid por lo que supongo que sí se puede presentar solo el audio...).
Donde estoy yo (Catalunya), parece que hay que poner la partitura ya que tienes que rellenar un modelo (este: http://cultura.gencat.cat/web/.content/public/altres_formularis/documents_tramits_a_partir_de_2011/gestio_del_patrimoni_cultural_k100/arxiu_k100/dgpc_rpi_k089_modelb2_inscripcio.doc) y uno de los apartados es Plantilla instrumental de l'obra, que me imagino que quiere decir poco más o menos, partitura.
La cuestión está si, estando de fuera de Madrid o Andalucía, te dejan presentar telemáticamente en una de estas comunidades .... (si encuentro más información voy acutalizando...)
Bueno, me autocito porque llevo un rato mirando cómo editar mi mensaje y no lo encuentro (cosas de la edad...).
He seguido mirando un poco más y parece que todo depende de la comunidad autónoma (ya estamos jodiendo....).
Por lo que he visto Madrid, Andalucía y Ceuta-MElilla permiten registro telemático. (Donde yo llamé fue a Madrid por lo que supongo que sí se puede presentar solo el audio...).
Donde estoy yo (Catalunya), parece que hay que poner la partitura ya que tienes que rellenar un modelo (este: http://cultura.gencat.cat/web/.content/public/altres_formularis/documents_tramits_a_partir_de_2011/gestio_del_patrimoni_cultural_k100/arxiu_k100/dgpc_rpi_k089_modelb2_inscripcio.doc) y uno de los apartados es Plantilla instrumental de l'obra, que me imagino que quiere decir poco más o menos, partitura.
La cuestión está si, estando de fuera de Madrid o Andalucía, te dejan presentar telemáticamente en una de estas comunidades .... (si encuentro más información voy acutalizando...)
A ver, actualizo por si alguien está interesado....
Acabo de llamar al registro de Barcelona y me acaba de decir que los requisitos son iguales para todas las comunidades: hay que presentar partitura transcrita a pentagrama con la letra escrita debajo por ejemplo, y también la melodía transcrita en notas.
No vale solo el audio (si no, lo que estarías registrando es un fonograma... parece que el que me atendió el otro día del registro de Madrid no se enteraba o no quería enterarse....).
Eso sí, lo puedes registrar en cualquier comunidad y vale a nivel de toda España. En Cataluña no tiene por ejemplo opción de registro telemático, tienes que ir presencialmente.
Acabo de llamar al registro de Barcelona y me acaba de decir que los requisitos son iguales para todas las comunidades: hay que presentar partitura transcrita a pentagrama con la letra escrita debajo por ejemplo, y también la melodía transcrita en notas.
No vale solo el audio (si no, lo que estarías registrando es un fonograma... parece que el que me atendió el otro día del registro de Madrid no se enteraba o no quería enterarse....).
Eso sí, lo puedes registrar en cualquier comunidad y vale a nivel de toda España. En Cataluña no tiene por ejemplo opción de registro telemático, tienes que ir presencialmente.
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