#12 Sólo hay que informar los casos en los que se haya ganado. Es regla general de Hacienda, si pierdes es cosa tuya, si ganas es cosa de los dos jajaja
Y sí, hay que tener facturas o mails o lo que sea que sirva para documentar la compra en su día. Hace falta porque si te piden documentos.
Pero mejor un gestor, y ver claramente cada cosa.
#13 No es verdad. Wallapop está obligado a informar cuando un usuario ha hecho ventas acumuladas por ese importe que dices sí, pero si le has ganado "debes" declararlo desde el primer euro.
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#9 Desde enero también se tributa a Hacienda. Otra cosa es el tema de no hacerlo y que puedan seguir tus cuentas, etc., que es algo más tecnológico que económico. Pero también se debe hacer.
#14 Efectivamente suscribo todo lo que dices, solo declaras si ganas, si no ganas no tienes que declarar nada.
Y no, no hay límite en beneficios, otra cosa muy diferente es que nadie declara las ventas entre particulares, pero con la ley en la mano si tienes beneficios en la venta de algo debes declarar.
Hacienda se centra en las empresas al 90% pero yo en la asesoría tengo muchos casos de inspecciones a personas sin empresas por haber vendido vehículos, viviendas, joyas, etc... todo.
En el caso de Wallapop al estar obligados a informar a hacienda es más fácil que tengas una inspección si no declaras.
Es como poner un piso privado en Booking o Airbnb, como están obligados a informar a hacienda si no declaras la multa está asegurada.
Un saludo.
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#16 Si vendes un producto y cobrar en criptomonedas tienes que declarar el beneficio en la venta sí o si, otra cosa es que las criptomonedas tengan un beneficio el día que cambies a Euros, que deberás volver a declarar el beneficio con respecto al coste de adquisición, pero son dos temas totalmente diferentes.
Un saludo.
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Baneado
#18
Tienes razón que la ley obliga a declarar, en eso estaba confundido.
De todas formas, en la práctica, las wallets a día de hoy son inaccesibles para hacienda, por lo tanto les es imposible tener ningún dato de ella y lo que la gente transacciona con ellas.
La verdad que después de todas estas intervenciones surgen incluso más dudas.
1. Hay que pagar el 4% de ITP siempre entre particulares?
2. En caso de vender a beneficios... hay que tributar al XX% dependiendo del escalado.
3. En caso de vender a pérdidas. Como se justifica si se compraron instrumentos entre particulares sin factura, o incluso procedente de un trueque.
La verdad que el tema se complica... uno pretende hacer las cosas bien, a mi edad no quiero complicaciones, y menos con Hacienda. Pero es que lo ponen complicado la verdad
Desde wallapop están mandando este mensaje, en la línea de lo que decís mas arriba sobre el incremento patrimonial.
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