Esteban Piera escribió:
No, no te la estoy dando, tu dices que el catalán es un dialecto del castellano, y yo te estoy diciendo que tanto uno como el otro son dialectos del latín, y con el tiempo se han convertido en idiomas.
En realidad, ¿a quién hacemos caso? En unos sitios viene de una forma, y en otros sitios de otra. A mí lo que me vale es lo que pone actualmente mi Constitución, a no ser que los catalanes quieran otra, con lo cual nosotros no se la vamos a traducir, ya que se hagan ellos la suya, que para eso tienen sus partidos políticos.
Y esto que pongo es cultura, no es que lo diga por decir:
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 3 El castellano y las demás lenguas españolas
1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el
deber de conocerla y el derecho a usarla.
(No sé si os ha quedado este párrafo claro, porque creo que seguís dando en la yaga, que es lo que quieren los políticos que hagamos, perder el tiempo en estas chorradas de las lenguas.)
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
(Según entiendo yo aquí, primero es la oficial y después la autonómica. Nunca jamás la segunda debe prevalecer sobre la primera, ni prohibir el uso o el parendizaje de la primera, algo que está pasando ya en Cataluña y que se está denunciando en la UE.)
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
(¿Alguno de los de auí presentes está respetando mi idioma oficial, o simplemente quereis que sea una mediocre de lengua... Me refiero al español, como idioma oficial.)
Artículo 4
2. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.
(Esto es denunciable en casos como el País VAsco y CAtaluña, que se han atrevido a quemar banderas españolas en reuniones fascistas independentistas. ESto en FRancia acaban todos en la cárcel y con golpes en la cara, porque la policía francesa no se anda con chiquitas; mientras que en mi país se consiente y se permite, y esta gente no se les puede tocar y dar palizas.)
Artículo 6 Partidos políticos
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser
democráticos.
(hay partidos políticos que no son democráticos, y que han empleado la fuerza en muchos casos, mirar lo que pasa en el País VAsco, por ejemplo.)
Y creo que la Constitución ya os contempla vuestros derechos como Comunidades, y os da libertad en cosas suficientes para poder vivir y convivir todos juntos y en paz, todo lo demás son discusiones que a lo único que llevan es al empeoramiento de relaciones entre Comunidades. No sé si me entendeis el caballo de batalla que estais usando... O caso TRoya fue siempre próspera.
Ah, leeros el Título VIII de la Constitución española, que vosotros sois bilingües y entendeis el español igual que yo. ES bueno leerlo todo, y ya leeré cosas en catalán; pero de momento estoy con mi inglés que ese sí me va a hacer más falta.