Y ojo, a lo mejor me equiovoco, ¿pero no se supone que en estas situaciones, una persona que esta recibiendo la prestación social por desempleo, estaría obligada a dejar de recibirla por esa actuación? Actuación en la que va a perder dinero además de perder el paro por ese día como mínimo.
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#26 pues no me sorprenderia.
Si no recuerdo mal hubo cierta polemica hace poco por jubilados que perdian el derecho a la pension por cobrar derechos de autor de libros publicados, asi que...
La verdad es que este es un tema complejo. estaria genial tener informacion sobre como se debe aplciar la ley en el tema de los bolos "amateur", tanto en españa en general como en cada comunidad en particular, si es que es diferente
#27 y la famosa historia del guitarra de black sabath que se cogio un avion y cuando entra en el pais se tira el rollo de que viene a grabar un disco y le repatriaron al no tener contrato de trabajo jhajja
Ya se ha comentado por aquí: básicamente hay 2 fómulas de trabajo, o por cuenta propia o por cuenta ajena.
Si vosotros estáis dados de alta como autónomos -en este caso músicos-, y ya cotizáis por vuestra cuenta, y el empresario de la sala tiene eso claro, te puede alquilar la sala por un precio, incluyendo el servicio de técnico de sonido, y ya está. O contrataros como grupo y pagaros una factura -en la que se habrá tenido en cuenta que él pone la sala y el técnico-. El problema, seguramente, es que ni vosotros ni la mayoría de grupos amateurs están dados de alta, por lo que la solución que habrán encontrado los empresarios de las salas es haceros un contrato de un día -y cotizar por ello-. Y como no saben si sois capaces de llenar la sala de gente o no, deben dejar lo del "sueldo" para calcularlo a posteriori en función de la taquilla que se haga, y además piden de antemano un dinero para asegurarse de que ellos no tendrán pérdidas si no va nadie al concierto. Y por eso no te han hablado ni de factura ni de IVA, porque no los hay. Porque si él os contrata como empleados de un día, ni le haréis factura ni -evidentemente- tendrá IVA. Al final os dará unas nóminas en las que aparecerán unas cantidades en conceptos varios -sueldo base, extra, cotización, etc.- que hará que cuadre con lo hablado previamente con vosotros.
Esto es una consecuencia de aplicar la misma legislación que al resto de personas que realiza alguna actividad a cambio de dinero. El problema de fondo es que sabes que no puedes pedir mucho más de 6€ por entrada o no vendrá nadie, porque la gente está acostumbrada a pagar eso por una banda desconocida, y no más. Pero esa recaudación seguramente no va acorde con esos gastos, porque viene de épocas en la que todo eso se hacía a escondidas de la Administración. Al final, la solución es subir el precio de las entradas y que la gente se acostumbre a que un concierto tiene unos gastos y cuesta más. Y ahí ya entra la decisión de cada uno de cuánto estará dispuesto a pagar por ir a un concierto de quien sea.
De todas formas no acabo de entender tus cálculos. 80 personas a 6€ son una recaudación de 480€, no de 240€. A esos 480€ les quitas los 100€ de la sala y los 100€ de la SS y aún quedan 280€ -y más gastos que cubrir, ya lo sé, pero se supone que sois amateurs, ¿no?-.
Y desde luego, lo de pagar un dinero a un empresario para que te contrate -aunque sea por un día- suena muy raro, pero el tema es que él tampoco es una hermanita de la caridad que deba jugarse su dinero para que los músicos desconocidos se lo pasen pipa tocando en su sala. Y como no hay un procedimiento laboral claro que resuelva este tipo de situaciones de forma clara y sencilla, pues hecha la ley hecha la trampa.
En mi opinión, la responsabilidad última de todo esto es de la SS, que no ha diseñado un sistema acorde a la realidad de estos casos. Mira lo que ha costado implantar desde hace años lo del régimen laboral de los empleados de hogar.
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