Muchas gracias arcangel eres un gran compañero. Un saludo.
Pues imagino que en la ley de comercio electrónico... que no es la misma que la de comercio normal y que es la que sí te obliga a devolver la pasta online... y la otra igual no lo nombra
Tampoco se yo de leyes... sólo se que eso es así por lo que he leído, visto.. y comprobado por mi mismo, además como ya digo está en todas las recomendaciones de compra y derechos del consumidor que se hacen por todos sitios
Lo de los 50€ yo también creo que no está justificado, de hecho tomarlo como "tributo para devolverte el dinero" es claramente ilegal... pero es que si la tienda no está obligada a devolver el dinero y considera, que es el matiz que yo he visto... y a lo mejor he visto demasiado, que la guitarra no se devolvió en su estado original, igual es por el deterioro... igual también hay que avisarlo de otra forma, pero yo mismo he tenido casos en que en una devolución no me han devuelto todo porque algo iba mal, uno fue por una correa que se me rompió de una cámara que luego no me quedé... pues lo entendí normal, tampoco buceé más...
Y ojo, ya digo que lo mismo esto lo estoy pensando yo y los de la tienda iban por el "tributo"... que por desgracia no lo podemos saber, pero que si es así era totálmente denunciable.
#41 Comprobado no te voy a negar que yo tambien, y con muchas mas leyes, en el sentido de que es mejor saber las condiciones propias de la tienda, sean "alegales" o no, pues no merece la pena meterse en juicios por algo asi habiendo gran variedad de opciones.
Para intentar dar luz a un asunto que no deberia de ser oscuro, cito de este Real Decreto Ley que antes he enlazado. En primer lugar referido a compras normales, es decir en tienda:
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos.
El consumidor y usuario que ejercite el derecho de desistimiento contractualmente reconocido no tendrá en ningún caso obligación de indemnizar por el desgaste o deterioro del bien o por el uso del servicio debido exclusivamente a su prueba para tomar una decisión sobre su adquisición definitiva.
De lo primero, yo por sumas abonadas, entiendo la forma en la que tu hayas abonado esa suma, ya sea dinero, tarjeta, cheque, vale de puntos...Y además sin retención de gastos, osea que por devolver algo no te pueden cobrar.
Y de lo segundo deduzco que si pruebas algo en casa, tampoco se te debe descontar dinero, siempre que sea un uso logico, si le has dado un golpe por el camino pues obvio no.
Y referido a distancia, no es muy diferente:
El empresario reembolsará todo pago recibido del consumidor y usuario, incluidos, en su caso, los costes de entrega (esto tiene mas detalles, segun el envio y demás)
El consumidor y usuario sólo será responsable de la disminución de valor de los bienes resultante de una manipulación de los mismos distinta a la necesaria para establecer su naturaleza, sus características o su funcionamiento. En ningún caso será responsable de la disminución de valor de los bienes si el empresario no le ha informado de su derecho de desistimiento con arreglo al artículo 97.1.i).[ i) Cuando exista un derecho de desistimiento, las condiciones, el plazo y los procedimientos para ejercer ese derecho, así como el modelo de formulario de desistimiento. ]
He de decir que no habia leido esta parte de la venta a distancia nunca. Es curioso que cierto organismo de consumo no supiera decirme donde venia en su dia, cuando estaba en la misma que el normal; eso si, envian unas revistas muy majas.
Sería interesante que algun abogado experto en estos temas nos pudiera decir donde esta la trampa. Que termino ahi tiene una definición distinta a la que normalmente usuariamos, que hace que el tema vales y dinero por devolución esté permitido.
Creéis entonces que merece la pena ir a la oficina del consumidor a reclamar etc. Son 50 euros solamente. A mi ese dinero ya es lo de menos, lo que me jode verdaderamente es que cinco meses después me entere de que me engañara como a un chino cuando me dejado bastante dinero allí y creo que eso hay que cuidarlo y mas sabiendo el de buena mano los clientes que le he llevado ( en mi propio coche) de aquí de Jaén y de Madrid .
Puedes ir... pero yo creo que ya has agotado todos los plazos que pudieras tener para hacer algo, además que no se si tendrás nada que demuestre lo que dices...
Tener tengo el extracto del banco con el pago, la devolución y el sitio donde se hizo.
Si pero la devolución pudo ser menos porque comprases cuerdas a la hora de entregar la guitarra... no tienes nada de la tienda que indique que eso pasó como lo dices
No es por poner trabas, pero es que este tipo de problemas se resuelven antes de devolver... y con los libros de reclamaciones y tal, querer moverlo 6 meses después, con la guitarra devuelta (bien o mal) y meramente con un extracto bancario lo único que te va a reportar es mucho paseo
Ya ya ahí llevas toda la razon . preguntare de todas formas a ver que me dicen.
Yo he comprado varias veces en Musimaster y siempre ha sido un trato correcto. Pero en cambio no me parece nada correcto lo que te ha pasado y la verdad que me sorprende... aunque siento decirte que poco o nada vas a conseguir por el tiempo que ha transcurrido, pues eso deberías haberlo hecho en su debido momento.
Aunque por probar que no quede... Suerte!!