Esta semana ha arrancado con la polémica de muchos creadores de contenidos didácticos, que han recibido advertencias por parte de Youtube por estar, supuestamente, haciendo un uso no permitido de obras que son propiedad intelectual de otros artistas para proveer de contenido a su canal.
Contexto
Los que no hayáis utilizado Youtube para subir vuestros propios vídeos debéis saber que los youtubers pueden monetizar los suyos (es decir, obtener los beneficios de la publicidad que aparece en ellos) cuando son titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre el contenido. Si, en cambio, emplean algún fragmento de película o canción con limitaciones de derechos aún vigentes, la empresa editorial que gestiona esos derechos puede reclamarlos, y exigirá parte o la totalidad de la monetización (según la obra concreta).
Sin embargo, los youtubers han creado vídeos defendiendo que existe una ley estadounidense que parece que acepta el uso de las obras siempre y cuando sean con finalidades didácticas. Aunque no tenemos esa ley en España, algunos como Carlos Asensio del canal Guitarra Viva defiende que existen leyes en nuestro territorio que pueden considerarse un equivalente. Aquí podemos ver los vídeos de algunos de ellos, incluída la opinión de nuestro compañero habitual del foro, Frasko:
Otro elemento que ha elevado la tensión ha sido que, en algunos casos, el contenido por el cual les reclaman derechos es muy escaso, ya que muchos creadores han reducido a niveles mínimos la proporción de la obra que se muestra en el proceso didáctico —llegando a resumirlo en un par de acordes sin mostrar melodía identificativa alguna, precisamente para evitar estas reclamaciones de uso indebido.
La pregunta
Contexto
Los que no hayáis utilizado Youtube para subir vuestros propios vídeos debéis saber que los youtubers pueden monetizar los suyos (es decir, obtener los beneficios de la publicidad que aparece en ellos) cuando son titulares de los derechos de propiedad intelectual sobre el contenido. Si, en cambio, emplean algún fragmento de película o canción con limitaciones de derechos aún vigentes, la empresa editorial que gestiona esos derechos puede reclamarlos, y exigirá parte o la totalidad de la monetización (según la obra concreta).
Sin embargo, los youtubers han creado vídeos defendiendo que existe una ley estadounidense que parece que acepta el uso de las obras siempre y cuando sean con finalidades didácticas. Aunque no tenemos esa ley en España, algunos como Carlos Asensio del canal Guitarra Viva defiende que existen leyes en nuestro territorio que pueden considerarse un equivalente. Aquí podemos ver los vídeos de algunos de ellos, incluída la opinión de nuestro compañero habitual del foro, Frasko:
Otro elemento que ha elevado la tensión ha sido que, en algunos casos, el contenido por el cual les reclaman derechos es muy escaso, ya que muchos creadores han reducido a niveles mínimos la proporción de la obra que se muestra en el proceso didáctico —llegando a resumirlo en un par de acordes sin mostrar melodía identificativa alguna, precisamente para evitar estas reclamaciones de uso indebido.
La pregunta
¿Cuál es vuestra posición ante este debate? ¿Consideráis que las empresas editoriales que comercian con los derechos están en lo cierto en reclamar por un vídeo didáctico? ¿O realmente lo que están haciendo es tratar de apropiarse de contenidos sobre los que no tienen ningún derecho?
Votad y dejad vuestros puntos de vista en el hilo.