(Cito textualmente el texto del periódico digital "laverdad.es")
Si ha consumido alcohol, pero consigue escapar de las fuerzas de seguridad a toda velocidad y sin sufrir un accidente, sus posibilidades de salir absuelto resultan elevadas. Así parece deducirse de una sentencia que acaba de dictar la Audiencia Provincial de Murcia -en concreto, la Sección Tercera-, que ha exculpado de un delito de conducción bajo los afectos del alcohol a un conductor que dio tasas de 0,45 y 0,43 gramos por litro de aire expirado en sendos controles, pero que, sin embargo, «fue capaz de llevar a cabo una conducción plena de pericia y velocidad» mientras escapaba de los agentes.
Para los magistrados firmantes del fallo, no importa que los policías reflejaran en el atestado que los síntomas externos que mostraba el conductor evidenciaban «una altísima afectación alcohólica», como tampoco que escapara a lo largo de unos dos kilómetros, «rebasando todos los semáforos que encontró en su trayectoria y haciéndolo con luz roja, y derrapando en las curvas, accionando para ello el freno de mano».
Lo que importa, a juicio del tribunal, es que todo ello «no le supuso en ningún momento, como decimos, la pérdida de control sobre el vehículo». Suficiente para inferir que no debía de ir tan ebrio y suficiente, en consecuencia, para absolver al protagonista del delito de conducción etílica.
Para intentar entender la argumentación jurídica de estos magistrados se hace necesario señalar que para ser condenado no basta con dar una tasa de alcohol superior a los 0,25 gramos (el delito se comete 'automáticamente' cuando se superan los 0,60), sino que además es necesario demostrar que el conductor tenía sus capacidades realmente afectadas por el consumo de esa sustancia. Esto es, que la bebida le hubiera producido alteraciones físicas o psíquicas que acrediten objetivamente que el infractor no estaba en condiciones de llevar un coche.
El caso que ha motivado esta sentencia tiene su origen en los hechos ocurridos el 8 de abril de 2010, cuando un joven, A.J.S.N., hizo caso omiso a las señales que le hicieron unos agentes de la Policía Local de Murcia que estaba realizando un control rutinario de alcoholemia, y trató de escapar a gran velocidad.
Después de una persecución que se prolongó durante más de dos kilómetros, y durante la cual se saltó varios semáforos en rojo y realizó todo tipo de maniobras de evasión, como derrapajes en las curvas y 'trompos' tirando del freno de mano, el conductor fue detenido finalmente e instado a someterse a la prueba de alcoholemia. El resultado de las dos mediciones que se le practicaron fue el ya reseñado de 0,45 y 0,43.
Los agentes, además de reflejar en el atestado las graves infracciones a la seguridad vial que habría cometido el conductor, señalaron que su aliento tenía olor a alcohol, que mostraba un deambular vacilante y que tenía el habla pastosa, así como que todas las pruebas de coordinación que le propusieron (llevarse el dedo a la nariz o contarse los dedos de las manos, entre otras) no fue capaz de realizarlas correctamente.
Condena en primera instancia
Con esos datos, el titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, Julio Guerrero, condenó a A.J.S.N. a una pena de multa de 1.080 euros, un año de privación del carné de conducir y 33 días de trabajos comunitarios.
La resolución fue recurrida ante la Audiencia Provincial por el condenado, que ahora ha logrado que el fallo sea revocado y salir absuelto. Razonan los magistrados de la Sección Tercera (María Jover, Juan Miguel Ruiz Hernández y, como ponente, Augusto Morales) que «no tiene ningún sentido» que el conductor mostrara «ese lamentable estado personal que debiera deducirse de los datos de sintomatología externa», y que sin embargo «fuera capaz de mantener mínimamente el control de su vehículo mientras tomaba las curvas a gran velocidad y hacía incluso derrapajes utilizando el freno de mano».
Y, tras calificar de «absurda» en dos ocasiones la sentencia dictada por Guerrero, absuelven al conductor.