decreto.
(Del lat. decrētum).
1. m. Decisión de un gobernante o de una autoridad, o de un tribunal o juez, sobre la materia o negocio en que tengan competencia.
2. m. Constitución que ordena o forma el Papa consultando a los cardenales.
3. m. Decreto de Graciano.
ORTOGR. Escr. con may. inicial.
4. m. Acción y efecto de decretar (‖ anotar al margen).
5. m. ant. Dictamen, parecer.
Por medio de la Constitución Apostolica "Munificentíssimus Deus" del Papa Pío XII proclamó el dogma de la Asunción de la Virgen el 1 de noviembre de 1950: "
Después de elevar a Dios muchas y reiteradas preces y de invocar la luz del Espíritu de la Verdad, para gloria de Dios omnipotente, que otorgó a la Virgen María su peculiar benevolencia; para honor de su Hijo, Rey inmortal de los siglos y vencedor del pecado y de la muerte; para aumentar la gloria de la misma augusta Madre y para gozo y alegría de toda la Iglesia, con la autoridad de nuestro Señor Jesucristo, de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo y con la nuestra, pronunciamos, declaramos y definimos ser dogma divinamente revelado que La Inmaculada Madre de Dios y siempre Virgen María, terminado el curso de su vida terrenal, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria del cielo". Al definir este dogma, Pío XII no hizo más que definir solemnemente lo que los fieles siempre habían creído, es decir, la "necesidad" de que la carne de la Mujer que había dado carne al Hijo de Dios escapara a la corrupción de la carne.
Religión cristiana: El cristianismo es una religión monoteísta de origen judío que se basa en su reconocimiento a Jesucristo como su fundador, mesías y figura central. Con más de 2.100 millones de adherentes,[1] o cerca de un tercio de la población mundial, es considerada la religión del mundo con más seguidores.
En el relato de Lucas, además de las dos anunciaciones que realiza el Ángel Gabriel a Zacarías (Lc 1:11-17) y a María (Lc 1:26-38), el
Espíritu Santo obra la concepción de esta última (Lc 1:35)
cornudo, da.
(Del lat. cornūtus).
1. adj. Que tiene cuernos.
2. adj.
Dicho del marido: Cuya mujer le ha faltado a la fidelidad conyugal. U. t. c. s.
3. f. Col. y Cuba. pez martillo.
además.
(De demás).
1. adv. c. A más de esto o aquello.
2. adv. c. p. us. Con demasía o exceso.
P.D.
OCTAVO MANDAMIENTO
No levantarás falsos testimonios ni mentirás
• Antiguo Testamento: "No darás testimonio falso contra tu prójimo (Ex. 20,16)
• Nuevo Testamento: "Se dijo a los antepasados: No perjurarás, sino que cumplirás al Señor tus juramentos. (Mt. 5,33).
El octavo mandamiento prohíbe la mentira.
* Este precepto deriva de la vocación del pueblo santo a ser testigo de Dios, quien es verdad.
* La mentira: "decir falsedad con intención de engañar"
o Es hablar u obrar contra la verdad
o Es querer inducir al error
o Lesiona nuestros vínculos con Dios y con los hombres.
* Quien miente se separa de Dios, ya no nos parecemos a El.
o Rechaza el compromiso a la rectitud moral
o Comete una infidelidad y socavan las bases de la Alianza.
* El Señor denuncia en la mentira una obra diabólica: "Vuestro Padre es el diablo... porque no hay verdad en él; cuando dice la mentira, dice lo que le sale de dentro, porque es mentiroso y padre de la mentira" (Jn 8,44)
Dios es verdad y
el diablo es de la mentira.
* Nosotros debemos escoger cual es nuestro Padre.