A partir del 1 de julio entra en vigor un conjunto de modificaciones normativas referentes al Comercio electrónico en las que se traslada la regulación europea a la normativa española.
A los compradores nos afecta fundamentalmente lo relativo a las importaciones:
- desaparece la exención en el IVA para los bienes con valor inferior a 22 euros.
- el IVA de las compras debe satisfacerse a las empresas de mensajería y operadores postales. Parece ser que ya no podremos librarnos de pagar lo que cobran por prestar los servicios ante la aduana.
- si el bien vale menos de 150 euros el vendedor puede pagar el IVA a través de la ventanilla única ahorrando costes al comprador.
- si compramos a través de una plataforma electrónica un bien situado dentro de la UE a un proveedor no establecido en la misma, tendremos que pagar el IVA a la plataforma. Lo mismo ocurrirá en el caso de bienes importados con valor igual o inferior a los 150 euros si se adquieren a través de una plataforma electrónica.
Ya iremos contando nuestras experiencias personales.
Saludos.