Aunque quiero dejar de participar en estos hilos que tienden a acabar, o casi, en malos rollos, voy a expresar algunos puntos de vista o contradicciones varias. No lo tengo claro.
El IVA, si no estoy equivocado, contablemente es de interés para empresas y autónomos. Si una persona compra un producto nuevo corre con el impuesto. Si lo vende de segunda mano, contemplamos el caso que descuenta el impuesto y hacienda ya ha cobrado. Si no lo descuenta, o descuenta solo una parte, el impuesto se reparte entre comprador y vendedor. El comprador, de producto, nuevo, solo ve el precio de coste (incluido el iva) y es una de las referencias a la hora de fijar su nuevo precio de venta.
No olvidemos que es un impuesto indirecto. No es un impuesto progresivo. (No vamos a debatir si, además, comprador y vendedor han de facilitarse la declaración de IRPF. Sería absurdo). Estamos hablando de transacciones entre particulares.
Del Impuesto de trasmisiones voy a decir poco. No sé seguro cual es el límite a partir del cual hay que declarar. Pero, aunque exista una ley, ocurre como en las descargas de contenido 'protegido' en internet, (lo ha explicado David Bravo muchas veces) la administración no tiene medios para controlar esas transacciones, y se debería buscar otra fórmula.
Otros puntos de vista se refieren al producto en sí ¿compras un producto de uso? o ¿compras un producto de colección? En estos supuestos, si vendedor y comprador no hablan de lo mismo, difícilmente se pondrán de acuerdo.
Si se considera pieza de colección, y tiene su demanda, el precio se va a ver alterado al alza.
Si se considera como elemento de uso ocurre lo contrario, ya tendríamos que considerar su "depreciación". Es un producto usado que sufre un desgaste o manipulación. Como no sabemos el uso que se le ha dado, aunque el vendedor insista en que no ha salido de casa y lo ha utilizado muy poco y con cariño, no nos queda otra que utilizar como referencia la fecha de compra inicial.
Si, además, ya ha pasado por otras manos, esto se complica.
No vamos a entrar en 'calculo de amortizaciones'.
Podríamos hacer una pequeña valoración ¿cuánto estaríamos dispuestos a pagar, si no poseemos ese producto, por tenerlo alquilado nosotros durante el tiempo que lo poseemos? Por ejemplo, un amplificador de 1000€ , cuanto estaríamos dispuestos a pagar al mes, año, o el tiempo que creáis, sabiendo que es dinero que no recuperaríamos ya que el producto no es nuestro.
El tiempo influye en la depreciación. También existe un valor límite residual que, si el producto está en condiciones de uso, ya no se deprecia más (siempre y cuando esté en condiciones de utilizarse) ¿Cuál es ese valor? ????????
Y luego están temas de las garantías, 'riesgo de envío'.... ¿y las mejoras? Con las mejoras tenemos asunto para otro hilo. Las mejoras del vendedor las hizo a su gusto y disfrute. Y, en la mayoría de los casos, es un coste que debe asumir el vendedor ¿o no? El comprador no tiene porqué tener el mismo criterio de mejora.
Si has manipulado el producto y se 'ha mejorado' corres el riesgo de depreciarlo más rápidamente, o el nuevo comprador puede considerar esas mejoras como mantenimiento y no querer asumir el coste.
Todo esto son "mis pajas mentales"
Al final todo se resume en: Si veo algo que me interesa, y está al precio que considero justo o conveniente, me pondré de acuerdo con el vendedor. Las dos parte han de quedar satisfechas.
Si el el mercado de segunda mano está, o no, parado ¿qué importa? No hay obligación de comprar ahí. (Y espero y deseo que no haya necesidad de vender por causas personales ajenas al tema que nos ocupa)
Perdón a quién haya leído este mensaje que no aclara nada.
Salud y armonía.
Edito: Si no entiendo mucho dell comercio nacional entre particulares, por favor, no me hagáis entender otros mercados internacionales.