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#25
A ver al llevarte la guitarra la revisas tú y al devolverla lo revisan ellos un rato. Si hay algún tipo de desgaste lo descuentan.
A mi lo de la Peña que no quiere guitarras que haya probado otro me parece una tontería pero bueno. Cada uno con sus manías. Yo si pruebo una guitarra que me gusta quiero esa y no otra del almacén.
Otra cosa es que tengan signos de uso o desgaste pero normalmente las suelen poner de B stock.
A ver al llevarte la guitarra la revisas tú y al devolverla lo revisan ellos un rato. Si hay algún tipo de desgaste lo descuentan.
A mi lo de la Peña que no quiere guitarras que haya probado otro me parece una tontería pero bueno. Cada uno con sus manías. Yo si pruebo una guitarra que me gusta quiero esa y no otra del almacén.
Otra cosa es que tengan signos de uso o desgaste pero normalmente las suelen poner de B stock.



#30
Si si. Lo entiendo. Aquí pagmamos justos por pecadores. He comprado varias guitarras y mucho equipo en esa tienda a lo largo de los años y jamás he hecho pirula alguna pero seguro que hay listos que han hecho jugaditas maestras. Si. Entiendo a las dos partes. Pero vamos lo normal sería mirar el histórico del cliente y actuar en consecuencia.
Si si. Lo entiendo. Aquí pagmamos justos por pecadores. He comprado varias guitarras y mucho equipo en esa tienda a lo largo de los años y jamás he hecho pirula alguna pero seguro que hay listos que han hecho jugaditas maestras. Si. Entiendo a las dos partes. Pero vamos lo normal sería mirar el histórico del cliente y actuar en consecuencia.






Hola, sin ánimo de polemizar, creo muchas veces confundimos el derecho de desistimiento de las compras online con la devolución una compra convencional en tienda, en esto lo que la ley dice es:
“El derecho de desistimiento, que permite al consumidor devolver un producto sin necesidad de justificación, es obligatorio en las compras a distancia, donde el consumidor tiene derecho a devolver el producto dentro de un plazo de 14 días sin necesidad de justificación debiendo devolver el consumidor el producto y el comercio el importe total con el mismo medio utilizado para el pago. No se podrá ejercer el derecho de desistimiento en productos personalizados, servicios de transporte, restauración y cualquier servicio o producto que establezca la comunidad autónoma.
En compras físicas en tienda el derecho de desistimiento no es obligatorio y el establecimiento no está obligado a devolver el dinero al consumidor al realizar una devolución, sino que podrá ofrecer un vale o el cambio por otro producto. Sin embargo, si el producto tiene un defecto o no cumple con las características acordadas, el consumidor si tiene derecho a la devolución del dinero o al cambio por otro producto.
El comercio deberá informar al consumidor sobre las condiciones y plazos de la misma a través de carteles visibles en el propio establecimiento o en el ticket de compra.”
Las compras en mostrador de tienda quedan dentro de lo que indica el segundo párrafo y por lo que entiendo no existe el derecho de desistimiento en compra convencional en tienda.
Ahora, entiendo al compañero en su malestar, pero si la tienda está actuando con la ley en la mano, solo queda manifestarles el descontento de su política de devoluciones y tenerlas muy presentes en futuras compras.
“El derecho de desistimiento, que permite al consumidor devolver un producto sin necesidad de justificación, es obligatorio en las compras a distancia, donde el consumidor tiene derecho a devolver el producto dentro de un plazo de 14 días sin necesidad de justificación debiendo devolver el consumidor el producto y el comercio el importe total con el mismo medio utilizado para el pago. No se podrá ejercer el derecho de desistimiento en productos personalizados, servicios de transporte, restauración y cualquier servicio o producto que establezca la comunidad autónoma.
En compras físicas en tienda el derecho de desistimiento no es obligatorio y el establecimiento no está obligado a devolver el dinero al consumidor al realizar una devolución, sino que podrá ofrecer un vale o el cambio por otro producto. Sin embargo, si el producto tiene un defecto o no cumple con las características acordadas, el consumidor si tiene derecho a la devolución del dinero o al cambio por otro producto.
El comercio deberá informar al consumidor sobre las condiciones y plazos de la misma a través de carteles visibles en el propio establecimiento o en el ticket de compra.”
Las compras en mostrador de tienda quedan dentro de lo que indica el segundo párrafo y por lo que entiendo no existe el derecho de desistimiento en compra convencional en tienda.
Ahora, entiendo al compañero en su malestar, pero si la tienda está actuando con la ley en la mano, solo queda manifestarles el descontento de su política de devoluciones y tenerlas muy presentes en futuras compras.

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