Por aclarara algunas cosas que estoy leyendo:
El seguro del hogar y concretamente la contratación de "contenido" no suele cubrir los artículos de determinado valor. Para ello es necesario una ampliación de póliza y contratar la cobertura de bienes o artículos de especial valor.
En esa póliza se determinaran los bienes concretos y el valor asegurado, que es el valor declarado por el tomador del seguro, pero no tiene porque ser su valor de mercado y este punto es de importancia capital a la hora de la peritación, a la que al final me referiré.
La factura no tiene porque ser un requisito imprescindible, aunque ciertamente dependerá de cada aseguradora y para ello habrá que prestar atención a la letra pequeña. Son esas condiciones establecidas en la póliza las que determinaran los requisitos así como las particularidades de la cobertura. Si se conserva factura, mejor, aunque en realidad no es la que determinara su valor de mercado, para eso esta el perito y repito, al final me referiré a el.
Resulta altamente recomendable, cuando no imprescindible, disponer de datos concretos sobre los instrumentos a asegurar, como numero de serie, fotografías y cualquier documentación, que resulte útil para su identificación y en su caso valoración. En mi caso guardo y aconsejo hacerlo, fotografías no solo del exterior, sino también de la electrónica, numero de serie y cualquier detalle que pueda resultar de interés. Mas vale que sobre, porque llegado el caso al seguro le parecerán pocas.
Sobre el peritaje, hay que decir que es la parte mas compleja y engorrosa, ademas de causante de disgustos, porque es de dominio publico que el perito barre para casa y voy a intentar expresarlo claro y conciso.
Cuando se abre un siniestro, sea cual sea la causa, el valor de la indemnización NO es el valor asegurado, como parecería lógico, sino el valor de peritaje o valor de tasación. Y aquí es donde viene el quebradero de cabeza y casi siempre motivo de cabreo, dado que el criterio de valoración del perito suele ser bastante laxo.
Podría argumentar que un articulo pierde un % de valor por año desde la fabricación o venta. Eso es un inconveniente serio para una instrumento vintage, por citar un ejemplo.
Pero suponiendo que eso no es así y su valoración esta conforme al mercado real, algo poco habitual, habría que ver que baremo utiliza para determinarlo, y no va a ser Reverb la referencia, os lo adelanto.
Ahora viene la parte mas fastidiosa, la peritación:
Ejemplo practico 1:
Valor contratado: 6000€
Valor peritado: 4.000€
El valor máximo a indemnizar sera el valor de mercado peritado o de tasación, es decir, Indemnización de 4.000€.
Si, tu has pagado religiosamente a razón de 6K pero solo recibes 4K en el mejor de los casos.
Ejemplo practico 2:
Valor contratado: 6.000€
Valor peritado: 8.000€
Siento decepcionarte, pero no es aplicable el supuesto anterior. Como has pagado a razón de 6K y esa cifra es un 75% del valor de tasación, la indemnización sera exactamente el mismo porcentaje, un 75% del valor contratado, es decir 6000€
Tires para donde tires la banca siempre gana.
Y eso siendo muy optimista, porque lo habitual no sera que te suelten la pasta gansa así como así. Toca armarte de paciencia, mucha información, buen asesoramiento y ojo, no tienes porque estar de acuerdo con la peritación.
Hace años que aseguro mi equipo, no me queda otra dado su valor, y solo en una ocasión he tenido que abrir un siniestro por robo.
Recomendación desde mi experiencia, tener muy claro el tipo de póliza que se quiere contratar, nunca genérica, sino con declaración detallada y mucho ojo con las condiciones particulares o la letra pequeña, insistir en conocer el procedimiento de peritación y baremos de valoración, antes de firmar cualquier póliza. Busca, compara y si encuentras algo mejor ...
Conservar cualquier documentación, facturas, fotografías, capturas de pantalla de compras o pagos, estadísticas de ventas y todo aquello que pudiera ser de interés. Mejor prevenir que curar.
No lo negare, lo ideal es nunca abrir un siniestro.
6