Vídeos didácticos de canciones famosas: polémica en Youtube

¿Qué debe hacer Youtube con los derechos de autor en los canales de enseñanza musical?
Los vídeos didácticos deberían ser un contenido totalmente libre, ninguna editorial debe intervenir
Debe haber un acuerdo de monetización con las editoriales para utilizar su música en los vídeos didácticos
Otro (déjalo en comentarios)
Votos totales: 797
Joaquín
#133 por Joaquín el 06/02/2019
otro youtuber que se hace eco del problema...



¿por unos centimillos que se puede llevar el autor de estos canales vale la pena que desaparezcan este tipo de contenidos?
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j-zero
#134 por j-zero el 06/02/2019
Es un asunto complicado.... hay muchas maneras de aprender y enseñar, no es lo mismo enseñar cómo tocar una progresión de acordes y titularlo como tal, a titularlo "toca x cancion" porque en este caso se está haciendo un uso publicitario a costa de terceros... pero claro en el primer caso el canal no vende. Bajo mi punto de vista se puede enseñar perfectamente guitarra sin tener que utilizar como reclamo temas ajenos, como referencia si, pero no como reclamo.. para mí eso no es difundir la guitarra como venden, sencillamente es sacarse unos cuartos a costa de la popularidad de otros.. hay cientos sino miles de temas tradicionales, populares o de dominio público que se pueden usar didácticamente sin problema.....y si no, imaginación...
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Murys
#135 por Murys el 06/02/2019
Pues lo de tocar con los backingtracks que hay en youtube ya ni te cuento, lo que buscan es asesinar tus ratos libres vamos... :encendido:
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The Revenant Baneado
#136 por The Revenant el 06/02/2019
Mientras los derechos de autor estén vigentes, hay que pagar la parte que toque por la utilización de los mismos siempre que dicha actividad comporte un beneficio económico, y a pagar por todas las partes que obtengan beneficio económico de ese uso.

En el caso de los Youtubers que enseñan canciones, si ganan dinero con ello (da igual si es por subscripción de pago o por anuncios) deben pagar al autor por la utilización de las obras.

Todo el mundo debe tener derecho a la remuneración por su trabajo u obra, todos. Podemos entrar a debatir cual es el % justo a pagar, pero el gratis total y todo por la patilla, enriquece a muy pocos y empobrece a la gran mayoría, aunque de primeras parezca lo contrario.

La educación es un derecho fundamental y debería ser universal, pero tiene siempre un coste que entre todos hay que sufragar, aunque simplemente sea para que quien enseña viva dignamente. Y no solo el que enseña, si no el que provee de los soportes necesarios para que se eduque, o ¿No tiene derecho a una remuneración digna quien provee de pizarras un colegio? ¿Debería ponerlas gratis, porque es en pos de la educación? ¿Y el que fabrica los lápices que hacen posible que aprendas a escribir, los tiene que poner gratis?

Si una canción sirve para que alguien aprenda a tocar la guitarra, o a entender la aplicación práctica de la teoría musical, o por divertimento, el autor de dicha obra tiene derecho a que se le remunere por su creación, debatamos el porcentaje, pero merece ser remunerado por su trabajo, más aun si gracias a esa obra otro puede enseñar y obtener un beneficio.

La educación, aunque sea via internet, ni es ni será jamás gratuita, porque todo tiene un coste. Tan solo hay que encontrar la manera de que sea accesible a todo el mundo repercutiendo el coste de la misma de manera socialmente justa y evitar que los beneficios económicos que genere se concentren solo en una pequeña parte de los que contribuyen a hacer posible esa educación.

Es obvio que a partir de la nueva legislación Youtube se está poniendo las pilas, porque antes se forraba sin repartir a los creadores de la materia prima musical con el que otros elaboran productos para subir y monetizar, y lo enuentro correcto. Youtube no puede vivir sin creadores de contenidos, así que tarde o temprano, quien les genera contenido de calidad y trae visitas no tendrán problemas para conseguir un buen acuerdo monetario con Youtube que sufrague los gastos derivados de los posibles derechos de autor que se tengan que pagar. Los que no sean de calidad, desaparecerán.
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ericmelvin10
#137 por ericmelvin10 el 06/02/2019
Para mi todo esto es como si la RAE quisiera cobrar por todos los videos de youtube porque utilizan palabras del diccionario...
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kennedy
#138 por kennedy el 06/02/2019
Una pregunta desde mi absoluto desconocimiento.Los conservatorios y escuelas oficiales de musica,¿pagan derechos de autor o algún tipo de impuesto por enseñar temas y composiciones sujetas a los mismos?.
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coroner
#139 por coroner el 06/02/2019
Ya han respondido perfectamente a este tema en la primera/segunda respuesta al hilo principal.

Para los que decís que "con fines didácticos" se pueden utilizar las obras sin pagar copyright, os copio el extracto de la LPI que alude a esto:

"Artículo 32.2. No necesitará autorización del autor el profesorado de la educación reglada para realizar actos de reproducción, distribución y comunicación pública de pequeños fragmentos de obras o de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, excluidos los libros de texto y los manuales universitarios, cuando tales actos se hagan únicamente para la ilustración de sus actividades educativas en las aulas, en la medida justificada por la finalidad no comercial perseguida, siempre que se trate de obras ya divulgadas y, salvo en los casos en que resulte imposible, se incluyan el nombre del autor y la fuente."
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NiLace
#140 por NiLace el 06/02/2019
The Revenant escribió:
La educación es un derecho fundamental y debería ser universal, pero tiene siempre un coste que entre todos hay que sufragar, aunque simplemente sea para que quien enseña viva dignamente. Y no solo el que enseña, si no el que provee de los soportes necesarios para que se eduque, o ¿No tiene derecho a una remuneración digna quien provee de pizarras un colegio? ¿Debería ponerlas gratis, porque es en pos de la educación? ¿Y el que fabrica los lápices que hacen posible que aprendas a escribir, los tiene que poner gratis?


¿Y lo aplicamos a todas las disciplinas? ¿Le permitimos a los científicos, historiadores, lingüistas y matemáticos que registren sus diseños, descubrimientos e ideas para que se les remunere por estudiarlos en las aulas?

Revenant, suelo estar de acuerdo contigo, pero en éste caso veo una diferencia fundamental. Si uso lápices que no pago y tú fabricas lápices, cada lápiz que no pago es un lápiz que tu no vendes.

Nada que ver con los derechos de autor sobre una obra.

La educación nunca es gratuita ni mucho menos. Los materiales tampoco lo son.

Ahora, las ideas y los conceptos...
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jito
#141 por jito el 06/02/2019
Esto se parece cada día mas a "1984" de GEORGE ORWELL.
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jito
#142 por jito el 06/02/2019
Cuidado con tocar temas en vuestra casa, los móviles nos escuchan, y si tienes el GPS activado te llegan los de negro a casa a cobrarte los derechos del autor.
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JC Denton
#143 por JC Denton el 06/02/2019
#15 pues entonces, ¡alabado sea el señor, te rogamos óyenos!.

#2 Telita.

Vamos a ver si sobre esta mugre cuñadil podemos aportar algo, el conocimiento que aquí voy a aportar lo hago gratuitamente, no voy a remunerar a sus autores y no espero que se me remunere, sé que esto puede parecer una fantasía a algunos pero así está de loco el mundo en que vivimos.

Primero vamos a hablar de Historia del derecho, ¿cómo? ¿qué todo el mundo estaba hablando de eso para justificar sus respuestas?

Lo primero sería saber por qué la ley dice lo que dice, o lo que es lo mismo, a pesar de que según la encuesta haya en el foro un 31% de más papistas que el papa, actualmente el marco juego está así por una sencilla razón, en el derecho básicamente hay dos tradiciones jurídicas, la anglosajona que se basa en el derecho consuetudinario, esto es, en el derecho basado en usos y costumbres, este era el derecho hegemónico antes de la implantación del capitalismo, por abreviar, Antiguo Régimen, y es el que actualmente prevalece en USA y los países de la Commonwealth, y por ello son tan importante los precedentes, lo podéis comprobar en las pelis de TV que citan constantemente juicios pasados, ya que con los precedentes suficientes pues apoyaría a una u otra parte. Hay aquí otra locura para lo que es el nivel que es añadir fuentes, vamos que no haya nadie que diga, esto lo dice porque le sale de ahí, pues no http://aceproject.org/ace-es/topics/lf/lfa/lfa01 ahí se explica diferente y hasta mejor algunas cosas pero no otras pero como comienzo no está mal.

Ventajas que tiene esta tradición, que se puede impartir justicia sobre un hecho de forma inmediata, es decir, aquí no vale que esté o no en la ley ya que la ley de hace de forma reactiva, o lo que es lo mismo, primero pasa el hecho, después se juzga y por último tras varios precedentes pues ya se toma como guía de actuación. Ojo que estoy hablando a grandes rasgos, es decir, no hay tradiciones puras como vamos a ver en la siguientes, todas se contaminan.

Desventajas: dejar al arbitrio de un juez hacer la ley y como la judicatura es un órgano colegiado y no democrático pues las leyes por las que se rige el pueblo quedan fuera de su ámbito de decisión y discernimiento. Todo esto teóricamente. Otra desventaja que en cada territorio hay una diversidad de leyes impresionante lo que fastidia al comercia, no habéis escuchado que el mercado europeo es más difícil que el USA porque aquí hay 28 legislaciones y allí solo una, pues eso pero en este caso se puede dar a lo bestia.

Tradición del derecho civil: "Viene" a solucionar algunos de los problemas anteriores. El primer nivel del derecho es , es decir, qué es legal qué no? lo que previamente diga la ley, si no se pronuncia pues o es legal o alegal (un limbo como la prostitución). Pero es que hay un segundo nivel de derecho que es nuestro amigo el derecho consuetudinario y aquí está la madre del cordero, en donde se entroncan para este caso las dos tradiciones. Y porqué lo que aquí le reclaman al canal de Guitarraviva es ilegal, porque esto es lo que en la Edad Media e incluso en la Moderna que tendrá conflictos con otros nombres pero misma naturaleza se llaman "malos usos señoriales" o simplemente "malos usos" ya que aunque la inmensa mayoría de la casuística es entre nobleza y pueblo también podía haberlos entre el propio pueblo, como sea esto se resumen en: cuando el señor pedía impuestos o denegaba el uso comunitario a una tierra, un medio de producción (un molino por ejemplo), etc... cualquier cosa que fuera contra la costumbre, por eso se sustituyen los "usos" que derivan de una relación feudal a los "usos" del derecho romano, las costumbres derivadas de una tradición se sustituyen por las de otra, fuente http://www.esacademic.com/dic.nsf/eswiki/764234

Desventajas: Es más lenta, es decir, tiene que pasar algo varias veces para que se haga la ley y por tanto se puede judicializar ese caso concreto.

Ventajas: Se impuso sobre todo entre la Revolución Francesa y principios del XIX porque facilita el comercio que le conviene una homogeneidad jurídica y saber a qué atenerse para hacer más fáciles y ágiles los intercambios comerciales, una de las bases, que no la única, del actual sistema capitalista. Antes no había tantos intercambios y por tanto no había tanta necesidad pero a medida que las redes comerciales se van volviendo más intensas y complejas, como demostró Imanuel Wallestein en su trilogía "El moderno sistema mundial" pues sí se hizo necesario.

Bueno, muy bonito, pero con todo esto ¿a dónde quieres llegar?, pues fácil, a que la ley de citas o la de USA derivan de estos "usos", costumbres, en el que tú puedes enseñar a alguien algo sin remunerar al autor original por ello, tú puedes enseñar (mostrar) un cuadro sin pagar al autor original, sí sí, sé que es muy loco, puedes enseñar (dar nueva información a alguien) una canción a alguien, o un libro, y no pasa nada. Tu modus vivendi es producir música original, bien, nadie te lo quita por enseñar, es más, el punto de esto es que se ve como una relación simbiótica en el que ambas partes se benefician y por tanto se entiende que no hay necesidad de regular una asimetría mediante una compensación económica porque no hay tal, ¿de acuerdo? el hecho de que alguien enseñe tu libro hace que pueda comprárselo en un futuro, publi gratuita, ¿verdad que el autor no paga por esa publicidad ni nadie está pidiendo que se le pague?, pues aquí nadie va a pagar al autor por enseñar esto. Por tanto, lo que dice Frasko de, sí pero esto no es la ley, tú no puedes hacer esto porque yo lo digo y punto, FALSO, Youtube la está incumpliendo de forma impúdica, primero porque hay niveles, es decir, si dos leyes entran en contradicción la de rango superior prevalece, en el caso español la Constitución, después tratados internacionales y así iríamos bajando https://www.bufeterosales.es/la-jerarquia-de-las-normas-juridicas-en-espana/, el derecho privado que Google impone en Youtube está muy abajo en la jurisdicción nacional y regulado por ella. Ejemplo: En nuestra casa existe un derecho privado por ejemplo de admisión, vale, pero no puedo matar a una persona porque mi casa es mía, hay leyes superiores, DDHH y esas cosas que me lo impiden. Youtube está haciendo a los detentores de los derechos de autor juez y parte. Ejemplo: El supuesto agraviado es el que decide la pena por tanto ni ley ni garantía de justicia. Youtube solo son unos mentirosos y falsos https://www.xataka.com/legislacion-y-derechos/youtube-advierte-que-nueva-legislacion-europea-copyright-europea-podria-limitar-acceso-algunos-videos-ue y queda claro en el lenguaje no verbal de Carlos cuando habla de Youtube España, solo que no puede ir contra ellos, está claro, la igualdad. Básicamente Youtube hace a los pequeños creadores lo que no quiere que le hagan a ella, "profesional, muy profesional" que dirían en la película Airbag, aquí lo que explica el Artículo 11 y 13 que se hablaba en la anterior noticia y donde Youtube se posicionaba en contra https://linube.com/blog/articulo-13-directiva-de-copyright/

Vale, pero yo no estoy de acuerdo con todo esto. Bueno pues aquí otra fantasía, a pesar de lo que defienden la mayoría de los partidos políticos españoles de la Constitución está para cumplirla, la ley se puede cambiar, por ejemplo nadie votó por aprobar el artículo 135 en la Constitución porque nadie lo llevaba en su "programa electoral" y se cambio en un maravilloso fin de semana, y como eso todas las leyes, esclavitud, sodomía, etc, etc. Manifiéstate, habla con tus representantes políticos, asóciate, pero así es como están las cosas y por ahora lo llevas jodido en un futuro cercano, en el medio-largo o no tan medio-largo ya veremos pero doy más posibilidades a que, querido amigo, tu postura se acabe imponiendo [url]https://www.xataka.com/legislacion-y-derechos/consejo-europeo-ha-rechazado-articulos-11-13-ley-copyright
[/url]

Por último decir que hay una cuestión del derecho que en USA por ejemplo aprendieron a las malas con la famosa ley seca que y debe ser o debería http://claseshistoria.com/glosario/leyseca.html , uno de los principios rectores de todo ordenamiento jurídico que se precie, las leyes deben ser justas, esto es, proporcionales, coherentes, esto quiere decir que por ejemplo en las tribus de América del Sur las comunidades no tienen tierras privadas y en la mayoría de los casos ninguna propiedad privada tampoco más allá de lo que llevan puesto, si a esas poblaciones impones una ley que no entienden como puede ser las de propiedad privada pues se la saltarían y al final el sistema solo puede mantenerse mediante consenso, este es el caso óptimo, todos quieren vivir de la forma en la que viven aunque existan grupos que se benefician y otros que no se considera lo adecuado y todos contentos más o menos, decía Max Weber "La dominación es la capacidad de ciertos individuos y grupos de suscitar la obediencia más o menos voluntaria de otras partes de la sociedad." Esta obediencia no es total, está acotada a unos “mandatos” específicos" https://reflexionessociales.wordpress.com/2010/07/06/las-formas-de-legitimidad-del-poder-politico/ o coerción, mediante el uso de la fuerza, y eso más pronto que tarde cae. Ejemplo: Alguien veía por los 2000 como una aberración, un pirata al que compraba los discos en edición Verbatim?. La ley no se cumple por hacerla así se pensaba durante La Pepa y por eso es la Constitución de mayor tamaño que tenemos, sino porque es aceptada y vista como beneficiosa por la sociedad, en caso contrario, lo dicho, ten muchas personas con muchos rifles y buenos.

Supongo que esto es lo que todos habrán hecho, digo, reflexionar sobre fuentes y demás verdad? Perdón por el testamento que a nadie le importa y lo sé, que es lo gordo.
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2
febrero
#144 por febrero el 06/02/2019
Lo proximo sera registrar un fa sostenido, y chicos... no lo utiliceis que os pueden pasar factura. Para mi van simplemente van por la pasta. Canon digital, que si derechos de autor. Lo unico que ve esta gente es negocio. El autor les importa una mierda, a no ser que haya algo que rascar.
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