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Tú tienes documeto que demuestra que la guitarra fue entrgada a otra persona?
Quién es el propreitario legal de la guitarra? Tú o el dueño anterior?
Si entregas la guitarra en una tienda es obligación de la tienda devolvértela, no le veo más vueltas, si no entraba en la garantía que te lo hubieran dicho antes o después y pagas las reparaciones al recogerla. Se la dan a otro señor que no eres tu, que eres el que la llevó, ese señor es un impresentable por no llamarte y devolvértela pero aquí la responsabilidad contigo es de la tienda, es la que tiene la obligación de devolverte la guitarra que tu les llevaste, el que tiene que ir a casa del impresentable que tiene la guitarra es el de la tienda y decirle " la he cagado, devuélveme esa guitarra, tu no la llevaste a la tienda ".
Cuando te la devuelvan, si procede que te cobren lo que costase la reparación, pero si tu tienes en recibo de entrega, te la tienen que devolver a ti. Y si cargan con la culpa de todo es porque la tienda es la que ha cometido la cagada del todo.
Soldout,
Da la sensación de que trabajas o tienes algo que ver con Madrid Hi-Fi. No voy a caer en tu juego, sólo tratas de desviar la atención.
Entregué una guitarra en Madrid Hi-Fi y no se me ha devuelto.
PUNTO!!
Mi intención con todo ésto es que la gente sepa cómo gestiona Madrid Hi-Fi sus cagadas para queda ellos/as no les pase.
Todas las pruebas que tengo han sido entregadas en comisaría con la correspondiente denuncia.
Te agradezco el interés.
No soy abogado, pero hace unos años trabajé para una gran multinacional tecnológica y en mi departamento tratábamos muchos asuntos relativos a la garantía. Nosotros tratábamos la garantía legal de compra como totalmente transferible ya que en muchas ocasiones los bienes eran regalos o cesiones por lo q muchas veces no coincide el comprador con el usuario. Es más, al comprar cualquiera de los productos de esa empresa en una tienda física (como la mayoría de productos, vamos), no se pide el nombre del comprador, por lo q la garantía va asociada al bien mediante el número de serie y el ticket de compra, pero no es nominal. Si la tienda de la q se habla en este hilo vendió la guitarra al por menor y no emitió factura por ella, yo entiendo q la garantía cubre al producto independientemente de quién la reclame.
Tiene que haber factura o ticket de compra. En mi caso las dos cosas. Pido además que en la factura especifiquen claramente marca, modelo, color si vienen incluidos extras y su número de serie. En cuanto llego a casa, al menos una docena de fotos . De algunas incluso 20 o más si tienen detalles muy particulares que permitan identificarlas. Todo por tema de garantías y en caso de robo, demostrar la propiedad.
Si pagas con tarjeta, el ticket va asociado a la misma. Con un certificado bancario de la operación de compra que pruebe el movimiento contable sueles ser suficiente. Incluso se le puede pedir un documento del movimiento de stokage a la tienda que pruebe la salida del instrumento. Mediante registro del número de serie o asociación al código de barras de la unidad, se puede averiguar también dicho número. El fabricante puede facilitar un documento anexo.
En las guitarras que dispongan de C.O.A., es conveniente guardar este , en lugar diferente al de la propia guitarra. También puede considerarse válido para acreditar la propiedad.
Creo que algunos confundís dos delitos distintos.
- Lo primero a tener en cuenta es quien es el dueño de la guitarra, en este caso es Jesús, ya que adquirió legalmente el instrumento de segunda mano de su, en ese momento, actual dueño. En ese momento el instrumento pasa a ser de su propiedad.
- La tienda recibió el instrumento de una persona que no era quien les compró la guitarra, pero la aceptaron a sabiendas de que era su actual dueño, si no fuera así, estarían cometiendo el delito de receptación contenido en el artículo 298.1 del código penal. En el momento en que la aceptan, ellos son los ÚNICOS responsables de la integridad del instrumento.
- En el momento en que la entregan a una persona que no es su dueño, la persona que lo recibió está cometiendo el delito de hurto contenido en los articulos 234 y siguientes del código penal; ya que el sabe que el instrumento no le pertenece.
Pero en este momento es importante hacer la diferencia: El hurto no se ha realizado en contra de Jesús, su actual dueño, sino en contra de la tienda, quien era en ese momento responsable de la integridad del instrumento.
Dicho esto, a Jesús, le corresponde denunciar/demandar a la tienda Madrid HIFI por apropiación indebida (articulo 253 del código penal). Mientras que es a la tienda a quien le corresponde denunciar/demandar a la persona que se haya llevado el instrumento, según su versión; no es Jesús sobre quien recae la responsabilidad de denunciar/demandar a la persona que se haya llevado el instrumento, un tribunal no declararía admisible una demanda si a quien le han robado el instrumento no es la parte demandante, y en este caso no lo es, porque a quien se lo han hurtado es a la tienda.
No falla, siempre hay gente con la empatía a 0 que en este tipo de post entran no se muy bien a qué. Bueno si lo se pero no lo voy a decir.
Jesus mucha suerte tio, la cagada es de Madrid hi fi sin duda.