Pues voy a dejar por aquí un comentario sobre el asunto. Como intérprete, autor y músico creo que es de recibo dar el trato que se merece a las obras, ya que pienso que estas polémicas solo salen a flote cuando es alguien del entorno el "afectado".
No tengo favoritismos ni trato personal ni nada, procuro ser parcial y lo más aséptico que pueda.
Me parece muy bien que se cree contenido didáctico de calidad y ¿gratuito?.
Lo de gratuito también tiene unos entresijos bastante agrestes, ya que luego están las quejas de que no se cobran salarios proporcionales, tal, cual, pascual,... No consideren esto señalar culpables, simplemente describir problemas. Tristemente se ven ejemplos de gente que recorre la ciudad en bici haciendo repartos por una miseria, y una respuesta común es el "es que hay otro que lo hace por menos"... Creo que en parte es similar a lo que pasa con esto.
Profundizando un poco más en el problema:
Los derechos son una cosa de lo más enrevesada en este contexto de patrimonio intangible. No me voy a meter en el berenjenal de la duración, posibilidades de venta, herencia, cesión,... simplemente lo intentaré trasladar a otro terreno.
Un hombre tiene una parcela pequeña de tierra, sin ningún tipo de siembra ni nada y el de la parcela de al lado le siembra unas cuantas patatas...
¿De quién son si el dueño no tuvo noticia alguna de esta siembra? Quizá no sea un ejemplo muy claro, pero ya puestos a hacer surcos,...
El dueño de la tierra vacía ve una montaña de semillas en la parcela de al lado, sin valla ni nada y siembra toda su tierra, además aprovechando que los aspersores del vecino le riegan "gratis" porque llevan mucha presión... Es justo, no que las consuma sino que encima las pueda vender??? Venga unas patatillas primoooo.
Se que esto puede llevar a asperezas innecesarias.
Centrándome en el caso del vídeo.
Desde el supuesto de que Carlos no haya contactado con el dueño de los derechos ni con ningun estamento de propiedad, que por cierto se puede hacer mandando un email.
El título (no se si literal o no) Aprende a tocar A horse with no name de América ya deja bastante claro que el contenido va a estar basado en un tema que está registrado.
Tocar dos acordes no es delito, de ninguna manera, pero asociarlos a un título ya puede ser un poco una enseñada de plumero, creo yo.
Los acordes, tonalidad y rítmica coinciden, sí, prohibido? Creo que no. Asociarlos a un título, no está prohibído en absoluto, ahora bien, estamos tratando un tema de comunicación pública, no al profesor de clases particulares que se lo enseña a un grupo reducido de alumnos. A mi parecer cuando hay chanzas de este tipo no cancelan nada, simplemente te dicen que los ingresos de ese vídeo los reclama tal dueño, si lo aceptas o no ya es cosa tuya, si te lo denuncian y tienen razón te lo eliminan.
Quién sabe si el dueño de esos derechos tiene una publicación (en libro, vídeo o curso online) donde ya explique eso mismo. Ah, que en YouTube es gratis,...
Tampoco eso es todo sino que detrás de eso hay un lucro que puede ser irrisorio para el creador final, no tanto para las empresas que intermedian en toda esa cadena, y por el momento el autor del tema ni se ha olido el primer céntimo. A no ser que hablemos del famoso "pago en promoción e influencia" tan de moda.
Un strike de YouTube es uno de esos absurdos problemas del primer mundo.
Un caso particular: Hace unos años estuvimos tocando en un garito y lo emitimos en directo, en un canal que ni siquiera tenía (ahora aún menos) posibilidad de ser monetizado. En los minutos previos a salir al escenario dejamos preparado el streaming, salimos, hicimos el tarzán, nos lo pasamos guay, bla, bla, bla,... Fin de la emisión.
Hasta la 1 de la tarde del día siguiente YouTube rezaba: "Procesando vídeo, se publicará cuando acabe este proceso".
Una vez acabado el vídeo se publicó y aparece una notificación: En este vídeo hay contenido protegido por derechos, hemos puesto publicidad para pagar a esos autores, puedes reclamarlo,... Y aparecía la lista de autores de todas las canciones que tenían de ambiente en el bar en los minutos anteriores a la actuación, se escuchaban muy de fondo pero ahí estaban.
Cortamos el vídeo donde acababa la música y desapareció la publi, todos tan contentos.
Otro caso particular: Yo mismo en mi canal he publicado todas las progresiones de acordes de un antiguo libro de William Leavitt, de Berklee. Incluso citando libro, autor, número de ejercicio y de todo. Lo hice porque no siempre tengo alguien con quien practicar la lectura y pensé, por qué no compartirlo para la gente que le pasa lo mismo.
Ojo, no lo ha hecho el Band in a box ni el iReal Pro (hay algunos vídeos de otros que sí), ya que en caso de poder monetizarlo, ¿no sería también justo que lo cobraran los desarrolladores del programa que "me ha hecho el trabajo"?. Claro, tampoco he incluído las melodías asociadas a esos acordes, para eso hay un libro, y aunque Mr. Leavitt esté enterrado a alguien le llegará un royaltie de ciento en viento. Por el momento no tengo ninguna noticia de haber infringido derecho alguno.
En fin, yo pienso que los autores (o propietarios de los derechos) tienen que ser retribuidos, al menos cuando hay un lucro de por medio. Creo que esto es todo,... Gracias por leerlo.
PD: Si el contenido es didáctico y gratuito por qué no ha de ser original,... Otra vez esa dualidad,... Claro, si encima de que es gratis me toca hacer el esfuerzo de crear todo ¿va a ser rentable? Rentable en promoción seguro.